Los docentes podrán seguir contando con los tres días por "indisposición puntual" sin tener que pedir baja. Es una medida con la que ya contaban los profesores y que fue debatida en las últimas mesas sectoriales, tras una propuesta inicial de Educación para transformarla. Finalmente bastará con un justificante médico para aclarar la enfermedad leve que explicaría dicha ausencia.

Queda también fijado, en la orden de permisos y licencias, el periodo vacacional del profesorado, que hasta ahora no constaba en una norma de este rango.

Los profesores tendrán, como mínimo, 22 días hábiles anuales. Este periodo se corresponde con el colectivo de docentes de menor antigüedad. A partir de ahí se suman, proporcionalmente, días por el tiempo de los servicios prestados.

Si son quince años de trayectoria en centros educativos serían 23 días hábiles (22+1); con 20 años de servicio el cómputo vacacional sería de 24 días hábiles; 25 días para 25 años de servicio y 26 días hábiles para 30 o más años de servicio. "Gozará de sus vacaciones en los periodos no lectivos y, preferentemente, en el mes de agosto y, si fuese el caso, en los días del mes de julio que procedan", incluye el texto.