La juez de Instrucción 7 de Vigo ha asumido en su práctica totalidad el dictamen del fiscal, tanto en lo que se refiere a las piezas separadas e inhibiciones para supuestas irregularidades cometidas en otras demarcaciones judiciales (se ha inhibido en favor de juzgados de Pontevedra, Ponteareas, Ourense y Santiago -en esta últiam ciudad con el delegado de Cespa como imputado-) como en la ampliación del número de imputados, excepto en tres casos en los que la magistrada considera que no hay indicios suficientes para imputarles. Es el caso del exalcalde y el secretario de Nigrán, y de María Teresa Ocaña, presidenta de la asociación vecinal Pedra Moura.

En el caso del Concello de Nigrán, donde las sospechas recaen en adjudicaciones de obras y la contratación del Plan de Emprego, la juez no ve indicios de vinculación del entonces alcalde Alberto Valverde con las presuntas irregularidades que se atribuyen al edil José Álvarez Valverde. Destaca que fueron las conversaciones telefónicas del concejal las que pusieron en evidencia la ilicitud de las adjudicaciones que sobre el papel parecerían legales, sin que el regidor participaran en tales conversaciones. En cuanto a los reparos impuestos por el interventor en algunas de las obras y que el alcalde no los levantara entiende que no constituye un ilícito penal, sino irregularidades administrativas. El mismo argumento que exculpa al secretario municipal.

En cuanto a la presidenta de Pedra Moura, que solicitó a la Xunta una subvención de 100.000 euros para la reforma del centro social, la magistrada tampoco ve indicios penales al considerar que no tenía connivencia con Eiriña ni era consciente de posibles irregularidades de las tres ofertas que optaron a la obra.