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El momento de los exdirectivos de Novacaixa

Así será la defensa en la Audiencia Nacional de la excúpula de NCG

Los cincos antiguos altos cargos coinciden en que su salida fue forzada por la nueva cúpula

Los cinco antiguos antos cargos.

La Audiencia Nacional puso esta semana fecha a una de las citas de mayor calado informativo para este 2015. El 18 de mayo arrancará el juicio contra los cinco ex altos cargos de Novacaixagalicia y el abogado asesor de la entidad por las indemnizaciones recibidas a su salida. Las dos fiscales de Anticorrupción encargadas del caso y el juez instructor, Ismael Moreno, les imputa de un delito de apropiación indebida y administración desleal, o alternativamente, de estafa, con la obligación de devolver 18,9 millones de euros. Todo en base a la supuesta existencia de un pacto "preconcebido" a espaldas del consejo de administración y el Banco de España incluso antes de la fusión para mejorar sus condiciones laborales y elevar así las cantidades a recibir, que, según el escrito de acusación, son irregulares por, entre otras razones, saltarse las limitaciones legales del FROB e instrucciones comunitarias, ante el "deterioro patrimonial" de la entidad. La enorme polémica suscitada por los pagos y la tendencia a meter en un mismo saco todo lo ocurrido entre las antiguas cajas del país colocan al proceso en el punto de mira. Pero también serán tres meses -hasta el 9 de julio- fundamentales para los antiguos directivos, que llevan más de tres años con la sombra de la duda y un gran daño reputacional y personal.

Así que las preguntas que están sobre la mesa son si realmente hubo una alteración de las condiciones laborales, si esas remuneraciones tenían que adaptarse a alguna norma, si los consejeros y el supervisor estaban al tanto de los contratos y si los directivos se querían marchar ya antes de que naciera Novacaixa.

Con ese momento, la antesala de la fusión, inicia el abogado de José Luis Pego el relato de su defensa para hacer historia y recordar que Caixanova -con un proyecto de SIP "con Caja Murcia y Caja Asturias, entre otros", toda una revelación- pasó por todas las inspecciones del Banco de España como "una entidad bien gestionada y sin graves problemas, más allá de los derivados de la crisis general". Las actas de supervisión están en las diligencias. Sus gestores "sufrieron la invitación institucional" para fusionarse con Caixa Galicia. Su diagnóstico de quiebra por parte del Banco de España también figura en la causa y, por lo tanto, se tratará en el juicio.

Con el encargo expreso del gobernador a que Caixanova asumiera la fusión, la declaración por parte de la Xunta de que la entidad fusionada echaba a andar con los mejores directivos, se atenúa la acusación de Anticorrupción del pacto "preconcebido". Los acusados, además, explicarán con detalle cómo se fraguaron sus abandonos. Las defensas de los cinco, a las que tuvo acceso FARO, coinciden en lo mismo: NCG, con José María Castellano en el timón, no los quería.

La larga lista de pruebas está repleta de actas de consejos de administración y correos con el Banco de España con las que quieren demostrar que tanto el principal órgano de decisión de Caixanova y Novacaixa después, como el supervisor, estaban al tanto de los contratos. Al menos desde 2001 en el caso de los gestores procedentes de la entidad viguesa. Además de los resultados de los informes que el FROB encargó internamente en el banco -del despacho de abogados Sagardoy- y el elaborado por el departamento jurídico del Banco de España. Este último apunta: "Resulta difícil sostener mantiene el supervisor que se podía haber dejado de abonar a los directivos en cuestión las cantidades pactadas para el caso de prejubilación", como recoge el escrito de defensa de Javier García de Paredes.

Tanto el suyo como el de Pego ilustran las reuniones que llegaron a haber para la posible devolución de cantidades antes de abrirse la vía judicial. Esos encuentros fueron con todos. También con Gregorio Gorriarán y Óscar Rodríguez Estrada. Y todos parecían dispuestos a buscar un acuerdo pese a estar convencidos de la legalidad para no enturbiar más el debate público abierto. "Sin embargo -reza el acta del consejo de administración de NCG de 25 de noviembre de 2011-, la apertura de diligencias informativas por parte de la Fiscalía, notificada la semana pasada, parece aconsejar, según criterio del propio Banco de España, posponer la formalización de cualquier posible acuerdo al respecto".

Ésta es la otra cara de la historia de las indemnizaciones. La de sus protagonistas.

José Luis Pego, ex director general de Novacaixagalicia

"Siempre creyó que sería el primer ejecutivo de NCG Banco"

José Luis Pego firmó un contrato de alta dirección en Caixanova el 13 de enero de 2005, cuando estaba a punto de cumplir dos décadas de antigüedad. El consejo de administración le había dado el visto bueno 15 días antes. Fue, según su defensa, la primera de otras nueve ocasiones más (dos en 2006, una en 2009, dos en 2010 y cuatro en 2011) en las que sus condiciones laborales pasaron por la comisión de retribuciones y el máximo órgano de decisión de la entidad. Incluida la sesión del 20 de octubre de 2010, a las puertas de la fusión, donde 21 miembros votaron a favor y uno en contra de la adaptación del contrato a la nueva caja. La "única modificación" , destaca el escrito de su abogado ante la Audiencia Nacional, fue la consolidación del concepto "RCR parte fija", fruto del acuerdo laboral con los sindicatos de ese mismo mes, "porque todos los empleados, incluidos los de alta dirección, lo habían cobrado siempre". Y porque además el propio contrato de Pego recogía "que le son aplicables lo dispuesto en pactos de empresa, convenios colectivos y los acuerdos del consejo de administración".

"No es cierto, como se mantuvo en la querella inicial de la Fiscalía, que existieran otras mejoras", remarca la defensa del ex director general, que, con decisiones de consejos y sus fechas, reglamentos de la entidad o el contenido del mismo pacto laboral, entre otros documentos, justifica uno a uno los conceptos cobrados -pagas de beneficios, gratificación por "servicios prestados y no por hechos futuros e inciertos" y derecho a viudedad- y cuestionados por Anticorrupción.

"El señor Pego siempre creyó que sería el primer ejecutivo de NCG hasta que el 9 de septiembre de 2011 se le informó por el señor Castellano que no se contaba con él", sostiene, en una respuesta directa a la teoría de las dos fiscales de que los antiguos directivos idearon una estrategia para preparar su salida antes de la fusión. Fue, según le trasladó el que iba a ser presidente del banco, "una imposición de unos fondos americanos" que supuestamente iban a entrar con él en el capital. "Nunca nadie del Banco de España le expuso al señor Pego su desconfianza a su gestión", subraya el letrado. Como pruebas aporta un "tarjetón" y una carta de despedida que en ese mes de septiembre recibe de Jerónimo Martínez Tello, director general de Supervisión, y de Javier Arístegui, subgobernador. Su rechazo a la tesis de un plan "preconcebido" va más allá. Pego tuvo hasta seis oportunidades para desistir y "nunca" requirió un tipo de contrato o cómo liquidarlo.

El propio Castellano asumió públicamente que todo apuntaba a que los pagos eran "legales", como recuerda la defensa de Pego. El banco, "a petición del FROB", encargó un informe al despacho Sagardoy, que descartó que los contratos estuvieran afectados por alguna de las limitaciones retributivas que fueron saliendo al calor de la reforma financiera. El autor del análisis, Martín Godino, lo ratificó ante la Audiencia. A esto se suma el informe del director del Departamento Jurídico del Banco de España en junio de 2012, con la misma conclusión. Lo que, añade el abogado, demuestra que "todos los dictámenes internos y externos" coinciden en la legalidad.

"El Banco de España siempre ha tenido puntual conocimiento de los contratos de alta dirección", continúa. El supervisor revisa las actas de los consejos. Es "lo primero que hace cualquier inspección o auditoría". En la causa obran correos entre Caixanova y los inspectores que revelan ese conocimiento de los contratos al menos desde 2001. De hecho, así lo refleja un extracto del con el resultado de la inspección de ese año a Caixanova. También de las actualizaciones y del impacto económico que provocarían. El Banco de España lo admite en un informe del 26 de enero de 2012 trasladado a la Fiscalía.

Javier García de Paredes, ex director general adjunto de Novacaixagalicia

"El desencuentro con González-Bueno llevó al acuerdo para abandonar la entidad"

El escenario en el que se mueve Javier García de Paredes es diferente al resto de acusados. Él venía de Caixa Galicia tomando el relevo de José Luis Méndez. Una vez formalizada la fusión, el primer consejo de administración de Novacaixa -1 de diciembre de 2010- trata la suscripción de un contrato de alta dirección para él, como director adjunto, "en términos similares a los que ya existían con el personal directivo procedente de Caixanova". El día 30 de ese mismo mes, sostiene su abogado, en la comisión de nombramientos y retribuciones "se desglosaron y estudiaron todas y cada una de las estipulaciones que contenía el modelo de contrato asimilado a los tres contratos de alta dirección entonces vigentes en la entidad". El 100% del salario en caso de prejubilación o el 100% del último sueldo en caso de retiro, "condiciones absolutamente generalizadas en todo el sector bancario".

El 1 de julio de 2011 firmó un contrato "modificado" con "renuncia voluntaria a derechos" para "reducir el coste para Novacaixagalicia". Una reducción del 5% de la prestación y un 36% del fondo de pensiones (3,5 millones), motivado también porque él no pertenecía al mismo convenio de cajas que el resto de altos cargos.

El escrito de De Paredes incide una vez más en el conocimiento del Banco de España de las condiciones "hasta el punto de que dio instrucciones para que las cláusulas de indemnización fueran dotadas" tras la visita de inspección de febrero-marzo de 2011. La comisión de retribuciones de 4 de agosto de 2011, en la que compareció el asesor Ricardo Pradas -también imputado- "dio explicación, respondiendo a cuantas preguntas se le formularon, de los compromisos asumidos por la entidad hacia los directivos". La misma vehemencia emplea para hablar de los miembros del consejo de administración. El escrito del ex director general menciona explícitamente a José Luis Regueiro, representante por CCOO, que en la Audiencia Nacional se sumó a la acusación de engaño. Él votó en contra en el consejo de diciembre de 2010. Tras la celebración, "solicitó ver el contrato". "Por lo cual, el señor Pego le explicó detalladamente el contenido del mismo y también el señor García de Paredes le entregó una copia escrita del contrato, devolviéndosela en dicho momento, sin que se opusiera por su parte objeción alguna", dice el abogado de De Paredes.

"Es absolutamente incierto que el señor García de Paredes tuviera o hubiese anunciado en ese momento intención alguna de abandonar la entidad como, sin embargo, afirman los escritos de acusación", afirma. Su voluntad "en todo momento" fue la de continuar "pese a la bancarización". Su escrito de defensa saca a la luz que José María Castellano le llamó para decirle lo que había tratado con Pego -que los fondos americanos pedían su marcha- y que en principio sí contaba con García de Paredes. Ambos hablaron de su futuro en "varias conversaciones", con la oferta de que se encargarse de la Secretaría General de la entidad, y en "una" con el entonces nuevo consejero delegado, César González-Bueno. El "desencuentro entre el consejero delegado y el señor García de Paredes" llevó a que Castellano se replanteara la conveniencia de que siguiera. Por eso su abogado habla de "extinción de la relación laboral inducida" y no de "desestimiento unilateral".

Agarrándose al informe jurídico del Banco de España de 7 de junio de 2012 que también enarbolan el resto de acusados, De Paredes apoya que su indemnización es "conforme a la legalidad vigente". Ese informe concluyó que "no concurrían elementos suficientes" para incoar un expediente disciplinario en relación a los pagos de alta dirección en función de la normativa del FROB. "Resulta difícil sostener -mantiene el supervisor- que se podía haber dejado de abonar a los directivos en cuestión las cantidades pactadas para el caso de prejubilación".

Óscar Rodríguez Estrada, exdirector de la oficina de integración de Novacaixa

"Fue la negativa de la entidad a seguir la que provocó la prejubilación"

La suya fue la menor de las fianzas y la cantidad más baja que Anticorrupción propone como devolución porque Óscar Rodríguez Estrada estaba cerca de la jubilación. Todos sus "derechos laborales", según la defensa, proceden del contrato de alto directivo que se remonta a enero de 1999. Desde esa primera aprobación, los cambios aplicados pasaron por hasta 11 consejos de administración y la comisión de retribuciones en 2001, 2004, 2005, 2006 y 2010 y cuatro más tras la fusión. Lo que significa, dice su abogado, que de los 19 consejeros de Caixanova antes del nacimiento de Novacaixagalicia, 6 asistieron a esas 11 citas en las que se abordaron los contratos, otros 4 estuvieron en nueve sesiones, un consejero en siete y cinco vocales más en media docena de reuniones.

El acta de una de ellas, del 30 de julio de 2009, merece especial atención. El consejo trató la jubilación de Ángel López Corona, de la división financiera, con mención expresa a las percepciones que le correspondían y que sus condiciones eran "iguales a la de los otros tres titulares de un contrato de alta dirección". El propio Rodríguez Estrada, Pego y Gregorio Gorriarán. De ahí que las respuesta de los tres contra la acusación de mejorar su indemnización sea idéntica. Los tres pudieron pedir la ejecución en seis ocasiones. Rodríguez Estrada, además, "tenía pleno derecho a prejubilarse en cualquier momento" desde el 21 de junio de 2007, cuando cumplió 60 años.

"Siempre demostró una plena disposición a continuar", remarca, de mano de varias cartas enviadas a la cúpula. "Fue la negativa de la entidad -insiste- a que continuase en activo hasta junio de 2012 lo que provocó su derecho de acceder a la jubilación". También Rodríguez Estrada reitera el conocimiento del Banco de España con los contratos al menos desde 2001. Porque además ese año él renunció a "ciertos derechos" para exonerar a Caixanova de las dotaciones provocadas por una circular del supervisor.

Gregorio Gorriarán, exdirector del Grupo Inmobiliario de Novacaixagalicia

"Se puso a disposición de la nueva dirección de forma desinteresada"

Desde su desembarco en Caixavigo el 13 de noviembre de 1990, Gregorio Gorriarán firmó dos contratos, la renuncia de derechos -el mismo caso que Rodríguez Estrada para evitar la dotación específica de posibles indemnizaciones que exigió a partir de 2001 el Banco de España-, un anexo en 2006 y la prórroga de su contrato de alta dirección primitivo con motivo de la fusión. Su defensa data uno a uno también los seis consejos de administración que respaldaron los documentos, además de las reuniones y las comisiones de retribuciones que abordaron "los cambios de categoría, conceptos retributivos y ostras cuestiones relacionadas con los contratos de alta dirección" de 2004, 2005, 2006 y 2010.

Su escrito de defensa menciona las mismas razones que el resto de antiguos altos cargos de Caixanova para reiterar que la "única novedad" de la fusión fue la consolidación del "RCR Parte Fija", como para toda la plantilla. Aunque una de las cláusulas de su contrato "ya la consideraba parte fija".

Cinco meses antes de que echara andar Novacaixa, el 1 de diciembre de 2010, Gorriarán "sabía que iba a ocupar la dirección del Grupo Inmobiliario". No ocurrió lo mismo ante la creación del banco. "Fue esta situación de incertidumbre, junto con el hecho de que finalmente el señor Pego no fuera consejero delegado, lo que motivó la decisión de desistir", afirma. Una decisión "irrevocable" cuando supo de la marcha de Pego. "No obstante -añade su abogado-, el señor Gorriarán se puso a disposición de la nueva dirección para colaborar en lo que fuera menester en los primeros pasos de NCG, por supuesto, de manera desinteresada".

Esa renuncia de 2001 a los derechos para evitar dotaciones se coloca como principal prueba en el conocimiento de los contratos del Banco de España. "Es obvio que si exigía la constitución de una dotación es porque conocía el contenido", concluye, y "obvio, asimismo" sus "efectos económicos".

Julio Fernández Gayoso, expresidente de Novacaixagalicia

"Las numerosas inspecciones nunca encontraron irregularidades"

Al Ministerio Fiscal y "demás partes acusadoras", que son NCG y Adicae, les reprocha la defensa de Julio Fernández Gayoso incluirle como cooperador necesario "de forma absolutamente infundada", "artificiosa" y "sin la más elemental prueba sobre su participación, ni necesaria ni accesoria". "Basándose -insiste- en hechos cuya inexactitud e inconsistencia se acreditará oportunamente en el acto del juicio oral". Lo "único cierto y constatable" es, según su abogado, su paso por la dirección general y la presidencia de Caixanova, "periodo en el cual la caja experimentó un crecimiento excepcional, muy por encima del resto del sector bancario, lo que permitió que se desarrollase con dichos beneficios una importante obra social en toda Galicia, en los ámbitos social, cultural, laboral o universitario" y "la mejora de las infraestructuras de numerosos municipios".

En todo ese tiempo, esgrime su escrito, "las numerosas inspecciones llevadas a cabo por los órganos reguladores no pusieron de manifiesto irregularidad alguna tanto en las cuentas de la entidad como en la política de remuneraciones a directivos y empleados". Fernández Gayoso sostiene que carecía de potestad para "aprobar de forma unilateral ningún tipo de acuerdo o decisión", ni que en sus funciones estuviera "la redacción de ninguna clase de contrato laboral". Niega la existencia de un "concierto" ni las mejoras. "No eran más que la adaptación del contenido de los mismos -subraya- a las nuevas funciones".

A los consejeros "se les facilitó información detallada" a través de "un asesor externo de incontestable reputación" -en referencia a Ricardo Prada-, "a quien las partes acusadoras, sabedoras de que esta circunstancia desmontaría absolutamente la acusación, han incluido de forma inaudita entre las personas que confabularon el engaño". Los contratos "eran sobradamente conocidos" también por el Banco de España, "sin que jamás efectuase reproche o salvedad alguna sobre los mismos".

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