Multas de chiste, pero sin ninguna gracia
Policía Local y Tráfico sancionan por conducir con abrigo de visón, en chanclas o por viajar con calefacción excesiva o animales sin sujetar
R. Prieto
¿Seguridad vial o afán recaudatorio?. Girar la cabeza más de 45 grados mientras se conduce, comer un bocadillo o beber un refresco, practicar sexo, ir en chanclas, sin camiseta e incluso con abrigo de visón, discutir con el copiloto, poner la música a tope, sobrepasarse con la calefacción, llevar un tirachinas o CDs piratas, viajar con un paraguas en la bandeja trasera, ir bebido en bicicleta o a caballo, no llevar sujeto al perro o al gato o circular con las alfombrillas sueltas? El cajón de sastre de las multas por distracción en la conducción, un concepto que no está detallado en el reglamento de circulación, da pie a los agentes de la Policía Local y de la Guardia Civil de Tráfico a denunciar conductas que para los automovilistas solo tiene una finalidad: hacer caja.
El revuelo causado por las sanciones interpuestas por la Policía Local de Poio esta Semana Santa por girar el cuello más de 45 grados -seis conductores sancionados en el mismo punto en apenas media hora- ha llevado al propio alcalde a abrir una comisión de investigación para determinar si los agentes actuaron con exceso de celo ya que, de entrada, considera las sanciones interpuestas "excesivas". De confirmarlo así la investigación, las multas serán invalidadas y los conductores que ya las abonaron recibirán el reembolso correspondiente. Desde Tráfico advierten de los riesgos que acarrea la falta de atención al volante. De hecho, tres de cada diez accidentes mortales que ocurren en las carreteras gallegas se deben a una distracción. "Con este giro de cuello [de más de 45 grados] se dejaría de ver la carretera totalmente; es el tipo de desatención de décimas de segundo que te lleva al otro carril", apunta la responsable de la DGT en Galicia, Victoria Gómez Dobarro. No obstante, los propios compañeros de los agentes de la Policía Local de Poio que el pasado Viernes Santo tramitaron estas denuncias y la Asociación de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) reconocen su extrañeza por que no se diera el alto a los conductores sancionados para comunicarles en el acto el motivo de la infracción. "Es extraño que los agentes no pararan a los infractores. Si no está justificado en la denuncia el motivo por el que no se paró al denunciado, es razón para invalidarla", avisa el presidente de AEA.
Reglamento
La distracción es la primera causa de los accidentes de tráfico. Sin embargo el artículo sobre infracciones por distracción del reglamento de circulación no especifica qué conductas al volante son consideradas un despiste. "El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos", recoge la primera parte del artículo 18.1 del reglamento.. "No habría páginas suficientes, ni usando papel de Biblia, para tipificar todos los supuestos que causan distracción", apuntan desde Automovilistas Europeos Asociados.
Cientos de conductores gallegos se enfrentaron atónitos en los últimos años a denuncias de la Policía Local o la Guardia Civil de Tráfico por distracción en la conducción. Ojo con lo que se lleva en el coche. En verano de 2010, un coruñés fue parado y multado por llevar colgado en el espejo retrovisor un tirachinas de madera, junto a un rosario y un llavero del Guggenheim, que había sido fabricado por el abuelo de la propietaria del turismo cuando era niña. Los agentes le pusieron una multa de 300 euros por tenencia ilícita de armas y le requisaron el tiragomas, aunque al conocer el valor sentimental del objeto le fue devuelto y también le fue retirada la sanción.
Ponerse al volante, mejor sin apetito ni sed. Y es que por comer mientras se conduce (bocadillos, gallegas, pipas...) o beber un refresco también hay una larga lista de sancionados en las carreteras del país. Y si sale con prisa para ir a trabajar será mejor dejar la barra de labios o la máquina de afeitar para la llegada al destino ya que por estas distracciones la multa que afrontaron conductores cazados ascendió a 100 euros.
La vestimenta y el calzado también pueden convertirse en motivo de sanción. Conducir descalzo, con chanclas al salir de la playa o con taconazos de camino a una boda acarreó multas de hasta 200 euros. La misma cantidad a la que se enfrentó una conductora de León por conducir con un abrigo de visón que, a los ojos de los agentes, no permitía fluidez en los movimientos al volante. Pero no solo por exceso de prendas hay sanciones, también por defecto. Son cada vez más los automovilistas sorprendidos tras recibir una sanción por circular sin camiseta.
Discusiones, animales y sexo
Al volante, mejor callado. Eso debieron pensar los conductores que por discutir con su pareja o su suegra tuvieron que desembolsar 80 euros. ¿El motivo? Conducir un vehículo "sin mantener la atención permanente a la conducción". El arrebato de encararse con otros conductores también pasa factura al bolsillo. Es el caso de un conductor de A Coruña que fue sancionado por hacer una peineta a otro.
Pasarse con la calefacción, porque puede causar sueño al volante, o sobrepasarse con la música por la falta de atención que genera al conductor también están en la lista de sanciones en carretera.
Los placeres al volante dejan de serlo cuando llega la notificación de Tráfico o de la Policía Local. Y si no que se lo digan a los conductores sancionados por masturbarse mientras circulaban o porque su acompañante le practicaba una felación. Aunque estas acciones no aparecen reguladas se considera una infracción grave -equiparable a hablar por el móvil- y están penadas con 150 euros de multa y tres puntos del carné.
Llevar el paraguas en la bandeja trasera del vehículo, las alfombrillas sin anclaje o los animales sin sujeción también obliga a los conductores a rascarse el bolsillo. ¿El motivo? Los daños que puede ocasionar a los ocupantes del vehículo en caso de un frenazo brusco.
Pero no solo quienes van al volante son blanco de los agentes. Ciclistas y jinetes en la comunidad fueron multados por subirse a la bicicleta o montar en caballo con una copa de más. En este último caso, fueron varios aloitadores sancionados por transitar por la carretera tras la tradicional rapa das bestas de Sabucedo con una tasa de alcohol superior a la permitida.
Desde Automovilistas Europeos Asociados advierten de que el listado de multas por distracciones en la conducción es "esperpéntico" y que lo único que provoca es "descrédito" a la Policía Local y la Guardia Civil de Tráfico. "Para transmitir el mensaje de que la conducción es una actividad arriesgada que requiere nuestra máxima atención no hay que hacer el ridículo con este tipo de denuncias", cuestiona Mario Arnaldo. Y por ello, apela a la amonestación: "Es más efectivo, porque el conductor ve que el agente realmente se preocupa por la seguridad vial y no por los cuartos".

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