El fiscal recurre la imputación de la antigua cúpula de Adif por el accidente del Alvia
Cree que "no existen elementos" para atribuirles delitos contra la seguridad o imprudencia grave - Apunta de nuevo al maquinista

El fiscal Antonio Roma. // X. A.
C. V. | SANTIAGO
El fiscal del caso Alvia, Antonio Roma, ha recurrido el auto en el que Luis Aláez, que por ahora instruye la causa por el siniestro en el que fallecieron 79 personas, citó a declarar como imputados a once cargos de Adif que estaban en puestos de dirección de la empresa cuando se puso en funcionamiento la línea Ourense-Santiago en 2011. Roma considera que "no existen elementos en la causa para imputar a personas concretas las infracciones criminales indicadas" en el auto -un delito contra la seguridad colectiva y el de imprudencia grave- y que son "inaplicables" los preceptos penales usados por el juez para "justificar" citarlos como imputados.
Para Roma, el resultado de la instrucción "no permite llevar la responsabilidad penal," al menos en esta fase, a los exdirectivos de Adif como pretende Aláez. A menos de una semana de que estén fijadas las primeras declaraciones de estos exdirectivos -empezarán el día 23 si el recurso no prospera-, Antonio Roma apunta de nuevo al maquinista, Francisco José Garzón Amo, cuya conducción considera "un elemento central y nuclear" en la producción del "fatal" accidente.
Al respecto señala que su "pérdida de atención" es "tajante y gravísima" y su conducta "enormemente imprudente". En este punto, Roma llama la "atención" sobre la "absoluta" falta de regulación del uso de móvil por el personal de circulación en el momento en que se producen los hechos cuando "el despiste desencadenante del accidente se produce en el uso autorizado de un teléfono".
De hecho, Roma, que ya pidió la retirada de las imputaciones a cargos de Adif el año pasado -petición estimada por la Audiencia de A Coruña-, recuerda que el siniestro se produjo "en un lugar y momento determinado" dado que, señala, "a medida en que avanza la instrucción, se están buscando elementos con vocación causal del accidente cada vez más alejados tanto en el espacio como en el tiempo".
Cambio del proyecto
Se refiere a los argumentos que utiliza el magistrado en su auto del 9 de mayo para imputar a los exresponsables de Adif y que se centran, señala, en la señalización y "modificación del trazado". Respecto a la primera Roma indica que no se ha evidenciado "ningún quebranto" de la normativa aplicable. En cuanto al segundo, resalta que el juez basa la atribución de responsabilidad penal "no en los elementos físicos existentes en la vía, sin en lo que debiera haber y no hay", centrándose en "la modificación del proyecto original". En él se contemplaba ERTMS -el sistema más seguro de supervisión continua de la velocidad- hasta la estación de Santiago. Tras el cambio, su instalación no llega hasta la curva, que el juez estima que debió protegerse con ERTMS u otra medida que mantuviese "el correcto nivel de seguridad".
El fiscal sostiene que el material que obra en la instrucción "no permite establecer consecuencias penales por esa actuación". "De manera cierta", señala, "las medidas de seguridad empleadas en concreto no han sido suficientes para impedir la producción del accidente, sin embargo no puede por ello deducirse sin más que supongan un elemento que determina o causa activamente su producción". En el marco de una conducta imprudente "activa" como la que plantea el auto, Roma concluye que "no puede equipararse causar con no haber evitado".
Al margen de imputaciones y de las responsabilidades civiles que acarreen, Roma recuerda que el ordenamiento jurídico prevé para siniestros como el del Alvia "la institución de la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas". Al respecto afirma que "296 días" después, "cuando al menos la mitad de los 148 lesionados ha alcanzado la sanidad, ningún perjudicado ha visto plenamente satisfechas sus pretensiones civiles" a diferencia de lo que ocurre en procedimientos derivados de accidentes de circulación.
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