El Tribunal Supremo ha confirmado en una sentencia notificada este jueves el carácter terrorista del grupo Resistencias Galega, del que afirma que admite el uso de la violencia "como el modo de conseguir sus objetivos a espaldas de los mecanismos democráticos". Rebaja no obstante las penas impuestas en su día a cuatro de sus integrantes por no estar adecuadamente motivadas. Entiende el tribunal que los recurrentes carecen de antecedentes penales y que la organización a la que pertenecen está en fase incipiente.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Ramón Soriano, reduce entre casi cinco y tres años de prisión las penas impuestas el pasado mes de septiembre a cuatro de los primeros integrantes de este grupo separatista Nacional por delitos de participación en organización terrorista, falsificación de documento oficial y tenencia de explosivos.

De este modo se estiman parcialmente los recursos presentados por Eduardo Vigo Domínguez y Roberto Rodríguez Fiallega, que fueron los condenados a 18 años de prisión y ven reducida su condena a 13 años y 9 meses y también los de las defensas de Antón Santos Pérez y María Osorio López, cuyas penas pasan de 10 años a 7 años y 9 meses de cárcel.