La Audiencia Nacional impuso en septiembre penas de entre 10 y 18 años a cuatro miembros de Resistencia Galega por participación en organización terrorista. Era la primera vez que se consideraba a la banda independentista como una organización terrorista. Ayer, las defensas de los cuatro acusados presentaron los correspondientes recursos ante el Tribunal Supremo por lo que tendrá que ser ahora el alto tribunal el que decida si las actividades de Resistencia Galega deben ser consideradas como terrorismo.

Las defensas de los condenados aseguraron ayer ante el Supremo que si la Audiencia Nacional "no ha considerado a organizaciones de corte mafioso organizaciones terroristas... ¿cómo puede considerar que hay una banda terrorista en Galicia, la que debe ser una de las tierras más pacíficas de Europa?". "No hay financiación, no hay jerarquía... no hay organización terrorista, caben otras respuestas penales, pero no esta expansión del concepto de terrorismo", explicaron.

A todos estos argumentos se opuso el fiscal, Javier Huete, quien consideró que las condenas deben ser confirmadas. La Audiencia Nacional castigó a Eduardo Vigo Domínguez y Roberto Rodríguez Fiallega a 18 años de prisión, y a Antón Santos Pérez y María Osorio López a 10 años.

Eduardo Vigo fue detenido en 2011 en Teo, cuando iba en un coche con tres artefactos explosivos que estaban, según la Audiencia, "preparados y temporizados para su explosión", y que le había entregado Roberto Rodríguez. En un registro en el domicilio de Eduardo Vigo en la ciudad olívica se halló documentación relacionada con el "independentismo radical de Galicia", y en un trastero de Roberto Rodríguez se encontró una olla a presión con explosivos, tres bengalas de señales, dos pelucas y varios documentos de identidad falsos. A los otros dos detenidos se les encontró documentación sobre independentismo gallego.