Sin culpables. Nadie pagará con cárcel ni con dinero los daños ocasionados por la mayor marea negra de Europa y que costó a las arcas públicas más de 1.000 millones de euros. La travesía judicial del Prestige, tras nueve años de instrucción y nueve meses de juicio, concluyó ayer con la lectura de una sentencia que absolvió a los tres imputados de los delitos de medio ambiente y se limitó a un condena del capitán del petrolero, Apostolos Mangouras, a nueves meses de cárcel por desobediencia en el remolque.Una condena sin embargo que ni supondrá el ingreso en prisión del viejo lobo de mar, de 78 años, ni acarreará el pago de multa alguna por parte del entramado empresarial del petrolero. Nadie se hará cargo de la abultada factura de la marea negra que tiñó de fuel más de 3.000 kilómetros de litoral, un coste cifrado por la Fiscalía en casi 4.400 millones, ya que el tribunal apunta como único responsable de las deficiencias estructurales del barco a ABS, la clasificadora que certificó meses antes del naufragio que el Prestige era apto para navega r y que no se sentaba en el banquillo.

La sentencia permitirá que la aseguradora del Prestige, London P&I Club, recupere los 22,7 millones de euros de fianza depositados hace once años en el juzgado de Corcubión, una cantidad que solo podrá inmovilizarse si los afectados piden medidas cautelares para futuros procedimientos civiles.

El fallo no es firme ya que las partes pueden presentar un recurso ante el Tribunal Supremo. Basta con que una de las partes recurra el fallo, una opción que ya se plantean los abogados de Nunca Máis, para que se abra un nuevo proceso que tardará al menos dos años en dictar una nueva sentencia. Para reclamar las indemnizaciones por el accidente, el Estado español y los particulares afectados tendrían que iniciar otro proceso por la vía civil.

Los que hace meses veían vacío el banquillo de este juicio, por el que la Xunta tuvo que desembolsar más de un millón de euros, también ven vacía la sentencia. Los tres acusados (el capitán del barco, Apostolos Mangouras; el jefe de máquinas, Nikolaos Argyropoulos, y el exdirector de la Marina Mercante, José Luis López-Sors, único cargo público imputado en la causa) fueron absueltos de los delitos de medio ambiente. El tribunal concluye que no se puede determinar la causa del hundimiento, que Mangouras ni su jefe de máquinas tenían por qué conocer las deficiencias estructurales del barco que aprovechó su última singladura camino del desguace para transportar 77.000 toneladas de fuel y que López-Sors no impuso un rumbo "errático" ni "suicida" al barco con su decisión de alejarlo de la costa sino que gestionó con "profesionalidad" el siniestro.

Estado deficiente. La sentencia, leída durante más de una hora por el presidente del tribunal, Juan Luis Pía, en ausencia de los tres imputados, concluye que el accidente fue debido al "deficiente estado de mantenimiento y conservación" de un barco que entonces ya tenía 26 años de antigüedad. Y además no se ha podido comprobar que ni el capitán ni su jefe de máquinas fueran conscientes del peligro que suponía el viejo petrolero para la navegación, ya que de ser así estaban "poniendo en riesgo sus propias vidas". Esas deficiencias de mantenimiento y control, según el fallo, no fueron advertidas porque las inspecciones "no se efectuaron con la debida eficacia. Una responsabilidad que el tribunal atribuye a la clasificadora estadounidense ABS, una "empresa privada que desarrolla una actividad lucrativa".

Única condena. La mayor catástrofe ecológica en aguas de Europa se saldó con la condena a Mangouras por el delito de desobediencia al negarse a que el buque fuese remolcado. Pese a esta condena, el capitán del barco, el único de los acusados para el que la Fiscalía pedía pena de prisión (12 años), no tendrá que ingresar en la cárcel debido a su avanzada edad. El tribunal sostiene que pese a que "se le ordenó retirada, imperativa y claramente" que diese remolque tras la avería, el capitán "no acató ni cumplió esa orden, sino que de forma elusiva decidió no cumplirla y la desobedeció con el pretexto de que tenía que hablar con su armador y tardó alrededor de tres horas en realizar esa consulta". Un retraso que, concluye la sentencia, no se puede justificar ante una "emergencia extraordinaria que creaba un riesgo.

Ni rumbo errático ni suicida. Para el tribunal, la decisión de alejar el buque de la costa, asumida en solitario por López-Sors, exculpando así de cualquier responsabilidad al máximo responsable de Fomento, Francisco Álvarez-Cascos, es "discutible pero parcialmente eficaz". La maniobra de alejamiento ordenada por el entonces director de la Marina Mercante buscaba, según la sentencia, salvar vidas humanas, proteger en la medida de lo posible las costas y procurar el salvamento del buque. Ni hubo "rumbo errático", ni rumbo suicida, sino que la administración español, concluye el tribunal, gestionó con "profesionalidad y adecuación" el siniestro.

Puerto refugio. El tribunal alude a los informes que descartaban la posibilidad de trasladar el barco a los puertos de A Coruña o Vigo por "razones técnicas y ambientales" así como a las rías de Corcubión o Ares por las "dificultades debido al calado" del petrolero. Por este motivo, avala la decisión de López-Sors de alejar el Prestige de la costa. "Al evaluar los perjuicios previsibles se consideró más favorable para todos lo que se decidió, es decir la posibilidad de contaminación extensa pero no muy intensa que facilitase la recuperación rápida del ecosistema", concluye la sentencia.

Protocolo. El tribunal también echa en falta en su sentencia un protocolo a seguir para "que no se repitan situaciones similares". El fallo advierte de que "nunca se ha dicho hasta ahora cuál sea la decisión correcta a tomar y protocolo a seguir en el supuesto no desdeñable de que se repitiesen hechos similares, ni aun ahora después de una dilatada instrucción y de un largo y árido juicio, ha sido capaz nadie de señalar lo que haya de hacerse aparte de algunas opiniones particulares más o menos técnicas".