La Audiencia Nacional ha condenado a penas de entre 10 y 18 años de cárcel a cuatro integrantes de Resistencia Galega por los delitos de integración en banda terrorista, tenencia de explosivos y falsificación, en la que supone la primera sentencia a miembros de este grupo por pertenecer a un grupo terrorista.

Los condenados son Eduardo Vigo y Roberto Rodríguez, que tendrán que cumplir 18 años de prisión, y Antón Santos y María Osorio López, sobre los que han recaído 10 años de cárcel al no considerarles la Sección Tercera de la Audiencia responsables del delito de tenencia de explosivos.

A Eduardo Vigo se le detuvo el 30 de noviembre de 2011 en un peaje de la AP-9, a la altura de la localidad de Teo (Santiago de Compostela), cuando iba en un coche que contenía tres artefactos explosivos que estaban, según la sentencia, "preparados y temporizados para su explosión", y que le había entregado Roberto Rodríguez.

La sentencia explica que Vigo, de 28 años, fue interceptado en su coche ese día después de haber recibido de manos de Rodríguez, de 35 años, tres termos metálicos de unos 25 centímetros de altura y 12 de diámetro que contenían explosivos "reales, temporizados, que permiten un tiempo de temporización máximo de hasta 12 horas".

Tras detenerlos, se hizo un registro a sus domicilios, ambos situados en la ciudad de Vigo.

En el de Eduardo Vigo se halló documentación relacionada con el "independentismo radical de Galicia", mientras que en un trastero de Roberto Rodríguez se encontró una olla a presión con explosivos que habrían causado daños en un radio de diez metros, tres bengalas de señales, dos pelucas y varios documentos de identidad falsos.

A los otros dos condenados, de 27 y 34 años, se les detuvo el 3 de diciembre de ese año, tras registrar el domicilio que compartían en Lugo, en el que se encontró documentación sobre independentismo gallego, un manual sobre técnica de interrogatorio de la CIA, posibles objetivos de acciones terroristas y una garrafa con 8 litros de gasolina.

Durante el juicio celebrado el 24 de junio ante el tribunal presidido por Alfonso Guevara, todos los ahora sentenciados negaron pertenecer a Resistencia Galega.

En concreto, Vigo afirmó que la bolsa con explosivos que contenía el maletero de su coche se la entregó Rodríguez y éste dijo que recibió una nota cinco días antes de su detención requiriéndole que acudiera a recoger la bolsa y que la guardara, cosa que hizo sin mirar su contenido.

Esta versión, que el tribunal no considera creíble, la pusieron en entredicho los agentes de la policía que los siguieron y detuvieron, ya que testificaron que ambos acusados "adoptaban medidas de seguridad, observando si eran o no seguidos".

"Ello evidencia que si no iban tranquilos era por algo, y ese algo era por el conocimiento del contenido del material explosivo que iba en la bolsa", apunta la sentencia.

En cuanto a los otros dos acusados, afirmaron en el juicio que la garrafa de gasolina que tenían en su casa era para su coche, una explicación que para el tribunal "no parece muy verosímil, pues no es muy lógico que se posea simplemente porque se tiene un vehículo".

La sala condena a Vigo y Rodríguez a un total de 18 años de cárcel, ocho de ellos por participación en organización terrorista, dos por falsificación de documento oficial con fines terroristas y otros ocho años por tenencia de explosivos con esos mismos fines.

A Santos y Osorio les impone una pena de 10 años de cárcel, ocho de ellos por pertenencia a banda terrorista y dos más por falsificación.