Una sentencia de un juzgado de Ourense ha anulado la cláusula suelo incluida en una hipoteca y ha condenado a Novagalicia Banco a devolver el dinero cobrado de más a dos clientes copropietarias de un piso, a las que la entidad deberá reembolsar un total de 7.987 euros.

Se trata del primer fallo judicial dictado después de que el pasado 9 de este mes el Tribunal Supremo declarase nula la denominada cláusula suelo, que fija el interés mínimo que el cliente va a pagar aunque el euríbor esté por debajo de ese límite.

Jesús Garriga, delegado en Galicia de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc), explicó que el Juzgado de lo Civil número 4 y de lo Mercantil de Ourense estima íntegramente la demanda de dos clientas copropietarias de una vivienda que suscribieron una hipoteca con una cláusula suelo del 3,25% y techo del 9%.

Además de declarar la nulidad, la sentencia ordena a la entidad bancaria a devolver lo cobrado de más, en total 7.971 euros, así como a dar por amortizados otros 2.868 del crédito solicitado.

En el contrato del préstamo figuraba una cláusula techo, el tipo de interés máximo establecido que la entidad fijó en el 9 por ciento, si bien la juez destaca que nunca ha estado por encima del 5%, por lo que entiende que dicha cláusula es abusiva.

La sentencia exige al banco que devuelva "cuantas cantidades haya cobrado de más en aplicación de la cláusula suelo y que a fecha de presentación de la demanda ascendían a 7.987,71 euros". También requiere que se reintegren "todas aquellas cantidades que se paguen en exceso" durante el procedimiento judicial "en virtud de la referida cláusula suelo, más el interés legal desde la fecha de cada cobro hasta su completa satisfacción".