Los propietarios de furanchos pueden respirar tranquilos. Si el bipartito los sacó de la alegalidad aprobando una legislación específica para regularlos que tenía en cuenta que se salían de los parámetros habituales de hostelería -restaurantes, cafeterías y bares-, pero se encuadraban en el sector, el Gobierno presidido por Alberto Núñez Feijóo aprobó ayer un decreto que resalta su particularidad al margen de otros establecimientos de restauración.

Aunque la normativa avalada por el Consello de la Xunta es parecida a la que el anterior gobierno dio luz verde en 2008, la nueva legislación que la sustituye les impone un período máximo de apertura, que no puede exceder "en ningún caso", señaló Feijóo, de tres meses al año comprendidos entre el 1 de diciembre y el 30 de junio. Los furanchos no serán para el verano, pese a que a sus dueños les habría gustado.

No obstante, la Xunta les ha dado motivos de alegría al establecer que podrán preparar en el mismo establecimiento que ofrece el vino los alimentos con los que lo acompañan. En la legislación de 2008, se imponía que los alimentos debían proceder de establecimientos autorizados y nunca podrían requerir elaboración o transformación en el furancho. Con el cambio normativo, los también llamados loureiros pueden ofertar un máximo de cinco tapas a escoger entre: tabla de embutidos y quesos, pimientos de Padrón, oreja-chorizo, zorza-raxo, costilla, huevos fritos, sardinas-jureles a la plancha, bandullo-feixoada, tortilla de patatas, empanadas-empanadillas y croquetas.

Por lo demás, el decreto actual es similar a su antecesor. Sigue vigente la exigencia de haber hecho las declaraciones obligatorias del sector vitivinícola y de regular la totalidad del viñedo en el Rexistro Vitícola de Galicia; el vino no puede ser embotellado, sino de barril; tendrán que facturar los servicios si lo quiere el cliente; deberán disponer de hojas de reclamación, exhibir en un lugar visible la placa que los identifica como furancho y tener contratada una póliza de seguro de responsabilidad civil. Lo que varía es que serán los concellos los que se harán cargo de su seguimiento a través de un registro, así como de que cumplan las normas, en las que están incluidas las higiénicas, las relacionadas con la prohibición de fumar y las de protección contra incendios.