La Xunta rechaza abonar "de oficio" los atrasos que les debe a los funcionarios interinos tras la sentencia emitida el mes pasado por el Tribunal Supremo que les reconoce el derecho a cobrar trienios con carácter retroactivo, es decir, con anterioridad al año 2007 en el que entró en vigor el Estatuto Básico del Empleado Público que por primera vez recogió dicho derecho.
La Consellería de Facenda explicó ayer que en mayo de 2007 ya reconocieron los trienios "de todos los interinos" y aunque no se les abonaron los atrasos "se comenzaron a pagar los trienios que les correspondía a cada uno".
Facenda también señala que con la sentencia del Supremo, revelada por este periódico, ahora se les reconoce a estos trabajadores "el cobro de atrasos de cinco años pero "como ya se pagaban desde hace cuatro", sólo tendrá que abonar un año de atrasos lo que supondrá al Gobierno gallego una "repercusión económica muy pequeña".
El departamento de Marta Fernández Currás también explicó que no actuará de oficio tras esta sentencia, es decir, que no abonará dichos atrasos a los interinos de motu propio sino que tendrán que ser estos los que lo reclamen y después ellos estudiarán la petición.
Las deudas con la administración prescriben a los cuatro años aunque los tribunales han establecido que son cinco, tal y como destaca la Consellería de Facenda. La repercusión, sin embargo, parece que no será tan pequeña.
Los interinos sólo podrán reclamar un año de atrasos pero tal y como destacan algunos de estos trabajadores (del sector de la educación), un trienio les supone 42,65 euros brutos al mes (grupo A1, profesor de Secundaria). Esta cantidad, multiplicada por 14 (el número de pagas) da un resultado de 597,10 euros, cifra que cobrarían estos interinos por un año de atrasos.
Si un interino en 2007, cuando entró en vigor el Estatuto del Empleado Público, tuviese por ejemplo tres trienios, tendría derecho a cobrar esta cantidad, casi 600 euros, multiplicada por tres, en total 1.790 euros. Facenda señaló ayer que no tenía aún un dato total del número de interinos que trabajan para la Xunta (recientemente se hizo la mayor incorporación de la historia), pero suman varios miles.
Los efectos de la sentencia del Tribunal Supremo no sólo son de aplicación para los funcionarios interinos de la Xunta sino que también podrán reclamar el pago de atrasos los que tengan un puesto en otras administraciones públicas como ayuntamientos o diputaciones.