No siempre los conductores son los culpables. Por eso las medidas penales para tratar de atajar la siniestralidad vial ya tienen otro destinatario: los fiscales actuarán contra los responsables de carreteras cuando el mal estado de la vía cause un grave riesgo para la circulación y ponga en peligro la vida de los automovilistas. La aplicación de lo que hasta hace poco sólo era una propuesta supondrá en la práctica la petición de condenas de hasta dos años de cárcel para responsables de las administraciones públicas titulares de las vías -en el caso de la provincia pontevedresa la competencia de los distintos viales corresponden al Estado, la Xunta, la Diputación o los concellos- y de las empresas concesionarias encargadas de la señalización, conservación y mantenimiento. La solicitud de condenas por parte de la Fiscalía se realizará siempre que se constate un mal estado de la carretera que afecte a la seguridad.

“Desde ahora los delitos de tráfico se dirigirán a cualquiera que genere graves riesgos para la seguridad vial”. Así de tajante se expresa Carlos Gil, el fiscal vigués especializado en los asuntos de Seguridad Vial en la provincia pontevedresa. La inédita medida, que se pone en marcha tras una serie de reformas penales que afectaban exclusivamente a conductores imprudentes, se consensuó a principios de año en un encuentro que reunió en León a los fiscales responsables de Tráfico de toda España. Ahora se empieza a aplicar en Vigo y en el resto de Pontevedra. Carlos Gil todavía no ha tenido ningún caso sobre la mesa, pero en cuando reciba alguno, asegura, el ministerio público actuará en consecuencia. Y es que esta medida se recoge expresamente en el artículo 385 del Código Penal desde el año 1962, pese a que su aplicación había sido nula hasta ahora en lo que se refiere a los funcionarios públicos. De lo que se trata es de desempolvar ese viejo artículo y aplicar, en este caso, su apartado dos, en el que se mencionan medidas penales “al que no restablezca la seguridad de la vía cuando tenga la obligación de hacerlo”.

Pero no sólo se contemplan actuaciones de tipo penal contra administraciones públicas y concesionarias de carreteras. Cualquier otra persona que cause un grave riesgo para la circulación puede acabar sentado en el banquillo de los acusados de un juzgado penal. “También lo recoge ese mismo artículo 385: colocando en la vía obstáculos, derramando sustancias deslizantes, dañando la señalización o de cualquier otro modo”, concreta Gil.

Cárcel o multa

Las condenas que podrán solicitar los fiscales son penas de prisión de hasta dos años (o multa de hasta 24 meses) y la realización de 10 a 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad. En el caso de las administraciones titulares de carreteras, la Fiscalía actuaría contra el responsable concreto del tramo de vía en el que se pruebe que existe un riesgo para la seguridad.

Entonces, ¿cómo se castigaban hasta ahora estas conductas? La mayoría de los casos se llevaban por la vía civil -en juzgados de Primera Instancia y de lo Contencioso-Administrativo-, a no ser que se produjese un accidente con heridos o muertos, ya que entonces se podían tramitar como faltas o delitos de lesiones o homicidio por imprudencia. A partir de ahora no cuidar una carretera y poner en peligro a los conductores ya será suficiente motivo para enfrentarse a la acusación de un fiscal. Y a una dura condena.

Penas de prisión para dueños de animales sueltos en la calzada que causen siniestros

Encontrarse un animal en plena carretera puede tener consecuencias muy graves. Incluso mortales. El fiscal vigués Carlos Gil hace hincapié en esta problemática y advierte de que las medidas penales con condenas de hasta dos años de prisión que incluye el artículo 385 del Código Penal también van dirigidas contra los propietarios de perros, caballos o cualquier otro animal que irrumpa de forma sorpresiva en una vía y cause un siniestro.

El fiscal echa mano de los datos para justificar su preocupación por esta situación. “En toda España en el año 2006 se produjeron un total de 10.154 accidentes con animales en los que murieron 23 personas y 944 resultaron heridas. En 2007 hubo 27 muertos y en 2008 fueron 24. De este número tan elevado, el setenta por ciento fueron causados por animales domésticos”, concreta este jurista. En el caso de la comunidad gallega, la última estadísticas realizada por la Dirección General de Tráfico (DGT) revela que anualmente se producen casi 2.000 siniestros por este motivo, una media de cinco diarios.

La mayoría de estos casos se tramitaban hasta ahora por la vía civil en los juzgados. La presencia de animales sueltos también dan lugar a peticiones de indemnizaciones, por vía de recursos administrativos, a la Xunta. Uno de los principales problemas que existe a la hora de que el propietario responda por su “descuido” es que muchas veces es muy difícil, por no decir imposible, localizarlo. Para ello, la Guardia Civil de Tráfico puso en marcha un proyecto con microchips para identificar a mascotas que causen un choque y encontrar así al dueño.