Detectadas un sinfín de irregularidades en las plantillas y sueldos municipales, lo normal es que éstas también se reprodujeran en los contratos de obras, como así lo atestiguan los técnicos del Consello de Contas, si bien en este caso con la particularidad de que el informe toma como muestra la fiscalización de 28 municipios de distinta población pero con predominio de los ayuntamientos con menos de 5.000 habitantes (21).

Esta fiscalización buscaba sólo analizar si se cumplían los principio de publicidad y concurrencia en los contratos y comprobar la adecuación de los procedimientos de adjudicación.

Sus conclusiones son que se abusa del recurso de urgencia para tramitar las contrataciones y de hecho, de los quince expedientes analizados en ninguno de ellos estaba acreditada la motivación de urgencia. Los ayuntamientos argumentaban, en su mayoría, que se acudía a procedimiento de urgencia para no perder una subvención, pero el Consello de Contas encontró sólo "una ausencia de planificación" porque la concesión de las subvenciones había sido informada con suficiente antelación.

El Consello de Contas también detectó la "indebida utilización" del procedimiento negociado sin publicidad de los contratos, configurándose este sistema como la norma general en 19 municipios cuando debería ser la excepción y rebajando adrede para ello los ayuntamientos las cuantías de las adjudicaciones "para eludir los requisitos de la publicidad".