El pasado 15 de abril, un jurado popular absolvió al ex brigadista Julio P. D. al que se le imputaba la autoría de un incendio ocurrido en 2006 en el barrio ourensano de O Pino. El veredicto de inocencia fue respaldado por cinco de los nueve miembros del jurado, una estrecha mayoría que inclinó la balanza en favor de la absolución.

Los hechos que se le imputaban a Julio P. D. eran especialmente graves pues además de coincidir con la terrible ola de incendios que sufrió Galicia en agosto de 2006, el incendio en cuestión afectó a una zona habitada y puso en peligro varias viviendas.

El fiscal coordinador de incendios en Galicia, con todo, considera que esta sentencia en sí no se puede considerar un fracaso. "Cuando un acusado no es condenado también funciona el estado de derecho", asegura Álvaro García Ortiz.

Las evidencias contra Julio P. D. hicieron que el dictamen de absolución emitido por el jurado suscitase muchas críticas por parte del fiscal de Ourense y de la acusación particular presentada por la Consellería de Medio Rural, que solicitaban una pena de cinco años de cárcel además de su inhabilitación para realizar cualquier tipo de trabajo forestal o de vigilancia del monte. Su petición se basaba en que el acusado fue localizado cuando abandonaba la zona del incendio con una garrafa de gasolina en su vehículo.

El jurado, en cambio, consideró que no había "pruebas directas" para inculparle, entre otras cosas porque no hubo informe pericial que determinase la existencia de gasolina en la zona y tampoco testigos que viesen al acusado plantar o avivar el fuego, una prueba testifical casi imposible de hallar en un incendio.