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¿Cuándo cobrarán los pensionistas gallegos la paga extra de verano?: esto es lo que dice la Seguridad Social

El funcionario Alfonso Muñoz aclara cómo se calcula la extra y por qué algunos jubilados no la cobran completa

Dos pensionistas en una imagen de archivo

Dos pensionistas en una imagen de archivo / Manu Mitru / Archivo

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Patricia Páramo

La paga extra de verano es uno de los momentos más esperados por miles de pensionistas en Galicia. Sin embargo, como apunta la Seguridad Social, el abono de esta paga depende del tipo de pensión que reciba cada individuo y del régimen en el que esté inscrito.

Por lo general, cada junio, quienes cobran una pensión contributiva reciben una cantidad que duplica su ingreso habitual. Algo que también sucede con la otra paga extraordinaria a la que tienen derecho, la de noviembre.

Este extra de junio es la conocida como paga extra de verano, mientras que la de noviembre suele identificarse como la extra de Navidad, aunque se abone antes de diciembre. En cuanto a la fecha concreta de ingreso, depende en gran medida de la entidad bancaria. La Seguridad Social ordena el pago de las pensiones en los plazos habituales, pero muchos bancos adelantan el abono y permiten que el dinero esté disponible en torno a los últimos días de junio. Por eso, lo habitual es que muchos pensionistas vean reflejada la extra junto a su pensión ordinaria entre los días 22 y 26 de junio, según el banco.

Cuánto se cobra de paga extra

El funcionario de la Seguridad Social Alfonso Muñoz afirma que «los pensionistas cobran la paga extra en las mensualidades de junio y noviembre y el importe de la misma es igual que una paga ordinaria». Es decir, si una persona cobra una pensión mensual de 1.200 euros y ha generado el derecho completo a la extra de verano, en junio recibirá 1.200 euros de pensión ordinaria más otros 1.200 euros de paga extraordinaria. En total, ese mes ingresará 2.400 euros brutos, antes de posibles retenciones de IRPF si correspondieran.

Cómo se calcula

Sin embargo, no todos los pensionistas cobran la paga extra completa. Alfonso Muñoz explica que, tanto en el reconocimiento inicial de la pensión como en otros supuestos en los que no se haya generado todo el periodo, la paga extra se calcula «a razón de una sexta parte por cada mes que hayas estado de alta como pensionista». Este detalle es clave para quienes acaban de jubilarse o han empezado a percibir una pensión en los meses previos a junio. La paga de verano no se calcula de forma diaria, sino por sextas partes mensuales dentro de un periodo concreto. Por tanto, la fecha exacta de reconocimiento de la pensión puede cambiar mucho el importe final que se cobra ese primer junio.

Para la paga extra de verano se tienen en cuenta los meses comprendidos entre el 1 de diciembre y el 31 de mayo. En cambio, para la paga extraordinaria de noviembre se computa el periodo que va del 1 de junio al 30 de noviembre. Según la explicación de Muñoz, basta con cobrar un solo día de pensión dentro de uno de esos meses para que se compute una sexta parte completa. Esto significa que un pensionista que empieza a cobrar el 25 de abril no genera solo unos días de abril, sino una sexta parte completa por abril y otra sexta parte por mayo. Esa regla evita tener que hacer cálculos diarios y simplifica el reconocimiento proporcional de la paga extraordinaria.

Extra de verano

Así, si a un pensionista se le reconoce una pensión de 1.200 euros el 25 de abril, cuando llegue junio cobrará su mensualidad normal, es decir, 1.200 euros, más la parte proporcional de la paga extra. Como dentro del periodo de devengo de la extra de verano solo ha estado de alta como pensionista en abril y mayo, le corresponden dos sextas partes. La paga completa sería de 1.200 euros; una sexta parte equivale a 200 euros, por lo que dos sextas partes suman 400 euros. Así, en junio cobraría 1.200 euros de pensión ordinaria más 400 euros de extra, un total de 1.600 euros brutos.

14 pagas

También hay que tener en cuenta que no todas las pensiones funcionan igual. La regla de las 14 pagas se aplica de forma general a las pensiones contributivas como jubilación, viudedad, incapacidad permanente derivada de enfermedad común o accidente no laboral, orfandad y pensiones en favor de familiares. Pero las pensiones derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional suelen tener las pagas extraordinarias prorrateadas en las mensualidades ordinarias. Eso no significa necesariamente que se cobre menos al año, sino que el importe anual se reparte en 12 pagos en lugar de concentrarse en 14. Por eso, antes de reclamar o alarmarse por no ver una paga extra diferenciada en junio, conviene revisar el tipo de pensión reconocida, la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social y el desglose bancario del ingreso. En caso de duda, el pensionista puede consultar su expediente en la Seguridad Social o pedir cita para confirmar si tiene derecho a paga completa, proporcional o prorrateada.

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