David Jiménez, abogado experto en herencias: «Puedes donar tu casa a tus hijos y seguir viviendo en ella»
El letrado señala las claves para facilitar el proceso de heredar una propiedad

Firma de una herencia / DAS SEGUROS
La casa familiar suele ser uno de los mayores legados que los padres dejan a sus hijos. Representa no solo un valor económico importante, sino también un fuerte componente emocional, ya que en ella se concentran recuerdos, vivencias y la historia de toda una familia. Sin embargo, lo que debería ser un motivo de unión muchas veces termina convirtiéndose en el origen de disputas y enfrentamientos entre los herederos.
Por esta razón, cada vez más progenitores deciden donar sus bienes en vida para dejar todo bien organizado y evitar problemas futuros entre sus descendientes. De este modo, se garantiza que la transmisión del patrimonio sea más sencilla y que, llegado el momento, no existan conflictos entre hermanos por cuestiones de reparto. Eso sí, como advierten los expertos, hay que hacerlo con el asesoramiento adecuado para no perder derechos fundamentales, como el de seguir viviendo en la vivienda donada.
Cómo donar la casa a tus hijos
El abogado experto en herencias, David Jiménez, señala que sí es posible donar la casa a los hijos y continuar residiendo en ella sin miedo a ser expulsado. La clave está en la forma de hacerlo: no conviene donar el pleno dominio de la vivienda, sino únicamente la nuda propiedad, reservándose el donante el usufructo vitalicio. Con esta fórmula legal, los hijos se convierten en propietarios, pero los padres mantienen el derecho de uso y disfrute mientras vivan.
El usufructo vitalicio es un derecho real muy sólido que blinda al donante frente a cualquier intento de desalojo. Aunque los hijos sean los nuevos dueños, no pueden echar a quien conserve ese usufructo. Además, ofrece una ventaja añadida: el usufructuario no solo puede vivir en la casa, sino también alquilarla si en algún momento necesita obtener ingresos adicionales o simplemente prefiere no ocupar la vivienda.
Reserva de usufructo
En palabras de Jiménez, la donación con reserva de usufructo es «la mejor forma de asegurarte de que nadie te pueda echar de tu casa». Se trata de una estrategia muy utilizada en planificación hereditaria, porque permite adelantar parte de la herencia a los hijos, sin que los padres pierdan seguridad ni el control sobre su propio hogar. De este modo, se combina el interés de los descendientes con la tranquilidad de los progenitores.
Ahora bien, este tipo de operaciones no está exento de implicaciones fiscales. La donación de la nuda propiedad genera obligaciones tributarias tanto para el donante como para los hijos que la reciben, y los impuestos varían en función de la comunidad autónoma. Por ello, el experto insiste en la importancia de contar con asesoramiento especializado antes de realizar la operación, ya que en algunos casos puede ser más ventajoso esperar a la herencia que donar en vida.
Otro aspecto a tener en cuenta es la distribución de responsabilidades. Mientras que el usufructuario asume los gastos ordinarios —como suministros, comunidad y pequeñas reparaciones—, los nudos propietarios deben encargarse de los gastos extraordinarios relacionados con la conservación estructural de la vivienda. Este reparto conviene dejarlo bien definido para evitar malentendidos entre padres e hijos.
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