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El BOE lo confirma: la Seguridad Social permitirá a los jubilados gallegos cobrar pensión y emprender como autónomos a partir de este verano

La reforma entrará en vigor el 28 de agosto y permitirá compatibilizar una actividad por cuenta propia con el 25% de la prestación

Nueva jubilación anticipada: qué trabajadores podrán retirarse antes y cuándo entran en vigor los cambios

Lucía Feijoo Viera

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Luis Miguel Mora

La edad de jubilación es uno de esos temas que están constantemente en la boca de los gallegos. La esperanza de vida aumenta cada año y eso tensiona una hucha sobre la que siempre se ha especulado en cuanto a su viabilidad a futuro. En este sentido, el Gobierno lanza cada vez más medidas dirigidas a retrasar la jubilación u otras fórmulas que retrasen el cobro de la pensión completa y permitan seguir generando ingresos.

Una de estas medidas es que, a partir de este verano, los jubilados podrán compatibilizar dos ingresos. Los beneficiarios de una pensión podrán mantener parte de su prestación y al mismo tiempo, obtener ingresos como trabajadores autónomos, según ha anunciado el Gobierno. Para ello, la Seguridad Social prepara una nueva modalidad de jubilación pensada para facilitar que estas personas puedan volver a trabajar sin renunciar por completo a su pensión. La medida se recoge en el Real Decreto 416/2026, aprobado el pasado 27 de mayo, y que ya está publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La nueva regulación entrará en vigor el próximo 28 de agosto y forma parte de la estrategia del Ejecutivo para favorecer una transición más gradual entre la vida laboral y la jubilación definitiva. El Gobierno ha aprobado una reforma que amplía la denominada jubilación flexible a los trabajadores por cuenta propia, una posibilidad que hasta ahora estaba reservada exclusivamente a quienes regresaban al empleo como asalariados a tiempo parcial. Esto permitirá que miles de pensionistas desarrollen una actividad económica por cuenta propia sin renunciar completamente a su pensión de jubilación.

Compatibilidad entre negocio y pensión

La principal novedad es que los pensionistas podrán iniciar una actividad como autónomos y seguir percibiendo una parte de su prestación. La Seguridad Social permitirá cobrar el 25% de la pensión mientras se mantiene la actividad económica. De esta forma, quienes decidan emprender o poner en marcha un pequeño negocio después de jubilarse podrán complementar sus ingresos sin perder completamente la protección que les proporciona el sistema público.

La reforma pretende facilitar que personas con experiencia profesional acumulada puedan seguir desarrollando proyectos propios y así aprovechar conocimientos adquiridos durante décadas de trayectoria laboral.

No todos los jubilados podrán acogerse

La norma establece una condición clave para acceder a esta modalidad. Los beneficiarios no podrán haber estado dados de alta como autónomos durante los tres años anteriores a la fecha de jubilación. Con esta limitación, el Gobierno busca evitar que quienes ya desarrollaban una actividad por cuenta propia cierren temporalmente su negocio para reabrirlo inmediatamente después aprovechando las ventajas del nuevo sistema.

La medida está pensada para pensionistas que ya se encontraban retirados y que deciden regresar al mercado laboral después de un periodo de inactividad.

La pensión podrá aumentar en el futuro

Uno de los aspectos más relevantes de la reforma aparece cuando el trabajador decide abandonar definitivamente la actividad. Las cotizaciones realizadas durante esta etapa de jubilación flexible no se pierden. Cuando el autónomo deje de trabajar y vuelva a percibir la pensión íntegra, la Seguridad Social recalculará la prestación incorporando las nuevas aportaciones hechas durante esos años.

Esto significa que la cuantía final podría ser superior a la que el pensionista cobraba antes de iniciar la actividad.

Con esta reforma, el Ejecutivo trata de adaptar el sistema a una realidad cada vez más común, jubilados que, lejos de abandonar completamente la actividad económica, desean seguir desarrollando proyectos profesionales, generar ingresos adicionales o transmitir su experiencia sin renunciar a la protección de la pensión pública.

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