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Se acabó la Declaración de la Renta para los pensionistas gallegos: estos son los jubilados exentos y los prejubilados que pueden acceder a la pensión total sin coeficientes reductores

La Campaña de la Renta 2025 ha estado marcada por las novedades en la tributación

Estos son los pensionistas que no tendrán que hacer la Declaración de la Renta este año.

Estos son los pensionistas que no tendrán que hacer la Declaración de la Renta este año. / Manu Mitru / Archivo

La Campaña de la Renta 2025 lleva ya varias semanas activa y miles de gallegos ya han presentado sus cuentas correspondientes al último ejercicio. Entre quienes todavía no lo han hecho, algunos desconocen si les corresponde hacerla o no este año.

Uno de los colectivos que más dudas tienen sobre la obligatoriedad de presentar su tributación son los pensionistas. La respuesta es sencilla, los jubilados que cobren menos de 22.000 euros de pensión de jubilación al año y no tengan otros pagadores no están obligados a presentar la declaración de la renta por rendimientos del trabajo.

Ese límite desciende hasta los 15.876 euros si perciben algún otro ingreso por encima de los 1.500 euros anuales procedentes de otros pagadores, explican expertos en jubilación de CaixaBank.

En el caso de percibir una pensión de jubilación no contributiva, no será obligatorio realizar la declaración de la renta. Esto se debe a que su cuantía y las condiciones de rentas necesarias para su obtención evitan alcanzar los límites de rentas mencionados. Como sucede con el sueldo, a mayor pensión, mayor retención.

La Agencia Tributaria establece que el mínimo del contribuyente en general es de 5.500 euros anuales, mientras que los contribuyentes de edad superior a 65 años es de 6.700 euros anuales y los de edad superior a 75 años de 8.100 euros anuales.

Coeficientes reductores para la jubilación anticipada

Una de las mayores quejas de los futuros pensionistas es la solicitud de la jubilación anticipada sin la aplicación de coeficientes reductores, es decir, poder cobrar el 100 por cien de la jubilación pese a solicitarla antes de la edad obligatoria en España —en 2026, la edad de jubilación ordinaria en España es de 65 años si se han cotizado al menos 38 años y 3 meses, o de 66 años y 10 meses si se ha cotizado menos tiempo. La edad legal aumenta gradualmente cada año hacia los 67 años en 2027—.

En este aspecto, respecto a la jubilación anticipada sin la aplicación de coeficientes reductores, la Seguridad Social recabará informes de diversos organismos, y una comisión de evaluación con representantes ministeriales y de los interlocutores sociales informará sobre el reconocimiento de los coeficientes. La aplicación de estos conllevará un incremento de la cotización a la Seguridad Social, conforme «al principio de equidad y de justicia contributiva de nuestro sistema», según ha defendido Elma Saiz.

Esta medida se refleja en el Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, por el que se regula el procedimiento previo para determinar los supuestos en los que procede permitir anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de coeficientes reductores.

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