Hacienda avisa: darte de alta como autónomo en el epígrafe incorrecto puede salirte muy caro
Algunos autónomos se dan de alta en un epígrafe que no se ajusta del todo a su actividad y los asesores advierten de que esto puede conllevar sanciones

El epígrafe en el que se inscriben los autónomos determinará su forma de tributar. / David Zorrakino / Europa Press
A la hora de darse de alta como autónomos, los trabajadores por cuenta propia deben escoger el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) que se ajuste a su actividad y si esta se considera empresarial o profesional, una selección que determina la forma de tributar en el futuro.
Sin embargo, algunos autónomos se dan de alta o se mantienen en epígrafes incorrectos o desactualizados, lo que puede derivar en errores fiscales y, llegado el caso, sanciones. En sectores como la enseñanza o los servicios profesionales, uno de los fallos más comunes es la aplicación del IVA cuando no corresponde.
Los expertos recalcan que la Agencia Tributaria se fija en la actividad desarrollada por encima de lo que figura en el epígrafe del IAE a la hora de revisar las declaraciones de los autónomos.
Elegir el epígrafe correcto del IAE: ¿actividad profesional o empresarial?
El epígrafe del IAE identifica la actividad a la que se dedica un autónomo o una empresa y define su perfil tributario ante Hacienda. Es justo en esta elección donde se dirime si una actividad empresarial o profesional, lo que determina cómo se aplican distintos impuestos como el IVA o el IRPF.
Para la AEAT, lo que importa es la actividad real que desarrolla el autónomo. Aunque parece algo fácil de diferenciar, como recoge el portal Autónomos y Emprendedores, actividades similares como la de un profesor particular o una academia, puede inducir a error a la hora escoger el epígrafe.
Como explican en un artículo publicado por dicho portal: «Si el valor del negocio reside en la persona -porque los clientes buscan sus servicios personales, como ocurre con médicos, abogados, consultores o programadores, estamos ante una actividad profesional». Por otra parte, «cuando el autónomo organiza personal y recursos materiales para ofrecer el servicio, actúa más como un director de orquesta, y su actividad se considera empresarial».
Sanciones por estar inscrito en el epígrafe incorrecto
Aunque la forma de cubrir el IAE no siempre provoca problemas de forma directa, el tratamiento posterior de los impuestos puede ser incorrecto y terminar perjudicando al autónomo. La forma de aplicar y tributar el IVA y el IRPF son los fallos más comunes en estos casos.
En el caso del IVA, algunos profesionales no lo aplican por creer que su actividad está exenta de este impuesto. Esto puede darse en la enseñanza, cuando un profesor «imparte formación no reglada, pero está dado de alta en el epígrafe 931, correspondiente a enseñanza reglada, exenta de IVA. En esta situación, el autónomo no sólo estaría declarando mal, sino que además habría repercutido menos IVA del que debía».
Por otra parte, no practicar retenciones en las facturas al IRPF cuando corresponde suele ser otro de los errores más comunes. En el caso de las actividades profesionales, las facturas deben contar con la retención correspondiente, mientras que las empresariales no la aplican. El problema en estos casos es que «Este tipo de fallos podría tener un efecto en cadena porque afecta a las declaraciones trimestrales de IRPF y también al resumen anual, obligando al autónomo a regularizar importes o asumir recargos por presentación fuera de plazo».
En ambos casos, estos errores podrían suponer sanciones o una pérdida económica considerable a la hora de regularizar la situación. Además, el cobro de impuestos cuando no corresponden afecta a la competitividad del profesional; ya que habría tenido que prestar sus servicios a un precio por encima del que le correspondería sin contabilizar el impuesto.
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