En estos últimos días de diciembre muchos contribuyentes se juegan el resultado de la declaración de la renta que empezará a presentarse el próximo mes de abril. Aunque tenemos todo el año para realizar acciones que permitan pagar menos o conseguir una devolución de las cantidades pagadas, es ahora, cuando podemos más fácilmente hacer balance cuando podemos tomar las mejores decisiones. Para conseguirlo no solo hay que prestar especial atención a las posibles deducciones o reducciones a las que podamos tener derecho, también a todos sus ingresos, ganancias e incluso pérdidas.

Saber lo que ya se ha pagado y ajustar la retención

Aunque sea obvio, no debemos olvidar que los impuestos los empezamos a pagar desde el arranque del año, ya desde enero tenemos retenciones sobre ganancias, ya sean de trabajo, actividades profesionales si eres autónomo o sobre los beneficios de muchos de los productos financieros.

Con respecto a las retenciones no son para nada cantidades definitivas por mucho que la Agencia Tributaria busque que sea lo más ajustada posible y, para ello, tengas que rellenar todos los años el modelo 145 de Comunicación de Datos al Pagador. Estas cantidades pueden ser insuficientes, porque, por ejemplo, percibas otros ingresos no sujetos a retención, y en este caso tendrás que liquidar por la diferencia en la declaración de la renta. Si, por el contrario, como ocurre a muchos contribuyentes tienes reducciones o deducciones impositivas que la Agencia Tributaria no ha tenido en cuenta o se ha conseguido beneficios nuevos a lo largo del año, tendrás un resultado negativo.

Por todo esto, la última nómina es la última oportunidad de ajustar la retención de su nómina con el objetivo de que el resultado de la declaración sea lo más cercano a cero. Por ello, si se han producido modificaciones que lleven a pagar más (como haber finalizado el pago por su vivienda), o menos (como tener un hijo), pueda ajustar en estos meses la retención subiéndola o bajándola.

La eterna pregunta es saber si conviene o no subir la retención. En términos puramente financieros no, ya que anticiparías un dinero que puedes pagar sin coste incluso de forma fraccionada dentro de unos meses en la declaración de la renta (60% antes del 30 de junio y un 40% el 5 de noviembre), pero para muchos contribuyentes es más cómodo anticipar estos pagos que hacerlo "de golpe" con la declaración.

Aportaciones a planes de pensiones

Las aportaciones a planes de pensiones y otros productos como los planes de previsión asegurados (PPA), siguen siendo una de las mejores formas para reducir el pago de impuestos. Podrás restar de tus ingresos del trabajo o de actividades profesionales, si es usted autónomo, hasta una cantidad tope de 8.000 euros o el 30% de sus ingresos (la menor de estas). Por esto, el primer paso es ver si has superado ya esta cantidad en aportaciones a lo largo del año. Aunque las superes siempre existe la posibilidad de hacer una aportación mayor, pero sin beneficios fiscales.

Si no tienes otros ingresos sin retenciones y se ha calculado correctamente la retención desde tu empresa, el resultado de las aportaciones en este tipo de productos dará como resultado una devolución de impuestos, que, entre muchas opciones, puedes destinar a su vez a realizar otras aportaciones extraordinarias a tu plan de pensiones.

Deducciones autonómicas

Aunque desde el 1 de enero de 2013 no hay deducción para los que adquieran una nueva vivienda habitual (se mantienen para los que compraron antes del 31 de diciembre de 2012), aún existen comunidades autónomas (además de las Haciendas Forales de Navarra, Guipúzcoa, Vizcaya y Álava), que mantienen algunas deducciones y otras que las ofrecen para colectivos como jóvenes o discapacitados o incluso si se adquiere en zonas rurales.

Y es que, una de las partidas que más deducciones que podemos encontrar está en el tramo autonómico del impuesto. Hay muchas y es importante tanto que se tenga derecho a estas (gastos estudios, seguros de salud, pagos por cuidados de mayores y menores, etc.), como tener justificación de todos estos pagos.

Las donaciones se deducen

Igualmente hay que tener en cuenta los límites y porcentajes que se tiene derecho por las cantidades aportadas a ONGs. Por ejemplo, una última resolución de la Agencia Tributaria ha puesto en duda las donaciones por pagos voluntarios a colegios concertados. Si estamos al día de cualquier novedad, evitaremos problemas futuros.

De forma general, las donaciones a ONGs de hasta 150€ se pueden deducir el 75% y el resto se deducen el 30%. Si hablamos de otras donaciones como las que se pueden realizar a Cruz Roja, al a Igelsia, al Estado o a las Comunidades Autónomas estaríamos hablando de una deducción del 25%.

La importancia de una gestión activa en las inversiones

Por último, un punto muy importante está en las inversiones, en donde debemos tener en cuenta tanto los beneficios como los pagos de impuestos por estos rendimientos.

Los fondos de inversión ofrecen una ventaja, si no queremos pagar impuestos este año sobre una cuantiosa plusvalía siempre podemos traspasarlo a otro producto sin riesgo en el que consolidar la ganancia (por ejemplo, de un fondo de Bolsa a un fondo monetario o uno garantizado), y vender posteriormente las participaciones que desee. También hay que analizar muy bien las minusvalías. Para la declaración del año 2019, además de compensar las pérdidas del ejercicio con las ganancias, y las de los cuatro ejercicios anteriores también podrás compensar hasta un 25% de pérdidas patrimoniales (acciones, inmuebles, etc.), con las ganancias del ahorro (depósitos, cuentas, letras del tesoro, etc.).

Si analizamos correctamente todos estos puntos nos evitaremos sorpresas en la declaración de la renta del 2019 a la vez que podemos conseguir pagar menos a Hacienda y aumentar el importe de una posible devolución.