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Tribunales

El 'Pequeño Nicolás' se libra de la cárcel a cambio de no cometer más delitos en cuatro años

La Audiencia Provincial de Madrid apuesta por su futura buena conducta, pero le condena a pagar una multa de 1.800 euros

Francisco Nicolás Gómez Iglesias, apodado como 'el pequeño Nicolás'.

Francisco Nicolás Gómez Iglesias, apodado como 'el pequeño Nicolás'. / David Zorrakino - Europa Press

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Juan José Fernández

Juan José Fernández

Madrid

Haber accedido ilegalmente a bases de datos policiales no le costará dos años de prisión a Francisco Javier Gómez Iglesias, más conocido como el "Pequeño Nicolás". La Audiencia Provincial de Madrid le ha concedido un intercambio: librarse de la cárcel a cambio de que no vuelva a cometer delitos desde ahora hasta 2030.

La Sección Segunda de la audiencia madrileña, integrada por los jueces Francisco Manuel Bruñén, como ponente, y Valentín Javier Sanz y Gemma Gallego, ha acordado que procede "conceder el beneficio de la suspensión de condena de las penas privativas de libertad", si bien castigan al joven simulador a pagar una multa de 1.800 euros. Si no la paga, ni tampoco cumple la condición de no delinquir en los próximos cuatro años, la Audiencia Provincial revocará su decisión y se activará el mandato de entrada en prisión, advierte en un auto al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO.

Gómez Iglesias había sido condenado, en sentencia modificada por el Tribunal Supremo el pasado 26 de marzo, a dos años de prisión como autor de un delito de cohecho activo y como inductor para que un funcionario público cometiera un delito de revelación de secretos.

La primera condena que se emitió contra él, en marzo de 2023, le castigaba con cuatro años y tres meses de prisión, pero el Supremo estimó un recurso del penado argumentando haber sido víctima de dilaciones indebidas en el procedimiento.

Antecedentes

Los magistrados de la Audiencia Provincial recuerdan, en los fundamentos de su decisión que los tribunales "podrán dejar en suspenso la ejecución de las penas privativas de libertad no superiores a dos años cuando sea razonable esperar que la ejecución de la pena no sea necesaria para evitar la comisión futura por el penado de nuevos delitos".

En la carrera delicuencial del Pequeño Nicolás figura una condena de dos años por falsedad documental cometida el 13 de octubre de 2014, pena que le fue suspendida en enero pasado por la misma Audiencia Provincial de Madrid. Además, una condena de un año y nueve meses por otro delito de falsedad en documento público, cometido en septiembre de 2012, pena igualmente suspendida por cuatro años en abril de 2024.

Ambas penas, a juicio de la Sección Segunda, "lo son por delitos que por sus circunstancias y distinta naturaleza en este caso no resultan relevantes para valorar la comisión de delitos futuros". Aquellos problemas judiciales de Nicolás responden a "un mismo patrón criminógeno", y "un conjunto de conductas concentradas en un mismo período vital, sin que constase haber delinquido con posterioridad por estos mismos hechos".

No haber vuelto a violar la ley es el detalle principal observado en el fallo que libra de la cárcel al Pequeño Nicolás. "Dado el tiempo transcurrido desde la comisión de los delitos objeto de la presente causa –cercano a los 12 años- sin que conste haber acometido nuevas conductas delictivas, se considera que la ejecución de las penas privativas de libertad no resulta necesaria". Dicen los magistrados que, con su medida, se facilita el "efecto resocializador" del reo, y apuestan por "un pronóstico de reiteración delictiva no desfavorable". O sea, que Francisco Nicolás no volverá a delinquir.

La multa que se le impone, de 1.800 euros, es el resultado de un castigo a pagar seis euros diarios durante 300 días.

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Fuente: El Periódico

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