Tragedia ferroviaria
La jueza deniega a los investigadores el acceso a los trenes siniestrados en Adamuz y a los datos del 112
Aplaza el análisis de los restos del Alvia hasta la designación de los peritos judiciales que estudiarán, de forma paralela a la CIAF, el origen del siniestro

Vagones del tren Iryo precintados en la zona cero de Adamuz. / Manuel Murillo
Pilar Cobos
La jueza de la plaza 2 de Instrucción del Tribunal de Instancia de Montoro (Córdoba), que investiga el accidente de trenes ocurrido en Adamuz el 18 de enero pasado, ha denegado a la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF) el acceso a los trenes siniestrados y la solicitud de información a Emergencias 112 Andalucía.
Tras recibir diversos atestados de la Unidad orgánica de Policía Judicial de la Guardia Civil, en los que da cuenta de peticiones realizadas por la CIAF, Cristina Pastor dictó este martes una providencia donde, en líneas generales, rechaza las solicitudes bien por la necesidad de esperar a la designación de los peritos judiciales, bien por no hallarlas de interés para la investigación.
Según informa el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en primer lugar, la instructora afirma que "no ha lugar, por ahora y hasta que se proceda a la designación de los peritos judiciales, a la solicitud de acceso a los restos del tren Alvia". Igualmente, determina que "no ha lugar a la solicitud al servicio de Emergencias Sanitarias de Andalucía 112 de las grabaciones e informe final de despliegue de emergencias, por no ser de interés para la instrucción de la causa".
Por otra parte, en referencia a la solicitud de la CIAF de acceso a vagones y material ferroviario, la jueza acuerda asimismo que "no ha lugar, por ahora, a la solicitud, al no ser de interés para la presente instrucción, al ya obrar en las actuaciones reportaje fotográfico derivado de la diligencia de inspección ocular".
Solicitud de información a Renfe
En otro orden de cosas, Cristina Pastor requiere a Renfe Viajeros para que remita al juzgado, en el plazo de diez días, "información sobre la ubicación del punto o puntos habilitados para la entrega de los efectos/equipaje", así como "copias de las actas o recibos correspondientes a la entrega de efectos o equipajes que hayan sido entregados".
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