Baleares
El president del Parlament balear, Gabriel Le Senne, será juzgado por un delito de odio tras romper la foto de Aurora Picornell
El tribunal de la Sección Segunda ha desestimado el recurso de la defensa del presidente del Parlament, al que se adhirió la fiscalía, que solicitaban que se archivara el caso

El todavía presidente del Parlament, Gabriel Le Senne, con la foto rasgada de Aurora Picornell. / EP
B. Palau
La Audiencia de Palma ha decidido sentar al presidente del Parlament balear en el banquillo de los acusados. El tribunal de la Sección Segunda ha ordenado que Gabriel Le Senne sea juzgado por un presunto delito de odio por romper la fotografía de Les Roges del Molinar en el pleno del pasado 18 de junio de 2024 en el que se debatía la derogación de la ley de memoria histórica de Baleares.
La Sala ha desestimado el recurso de la defensa de la segunda autoridad de las isla, al que se adhirió la fiscalía, que solicitaban que se cerrara el caso al argumentar que los hechos no eran constitutivos de un delito de odio.
Las magistradas han rechazado el sobreseimiento de la causa, por lo que el procedimiento continuará contra el dirigente de Vox, que será juzgado en el mismo Palacio de Justicia de Palma, pero por otro tribunal. En concreto, será la Sección Primera de la Audiencia Provincial la encargada de enjuiciar los hechos. La magistrada Rocío Martín, con una amplia experiencia en asuntos complejos y también en casos de corrupción política, será la ponente de la sentencia.
El político ultraconservador se enfrenta a penas que van desde los 16 meses de cárcel o los 20 meses, hasta los cuatro años de prisión, por parte de las acusaciones particulares y la acusación popular personadas en el procedimiento en el que figuran los familiares de Les Roges del Molinar, Memòria de Mallorca, el Partido Comunista, el Partido Comunista de los Pueblos de España y la plataforma Estimada Aurora, que aglutina a ciudadanos y a diferentes personalidades de la sociedad civil del archipiélago.
Por su parte, la defensa de Le Senne y el fiscal delegado de delitos de odio y discriminación de Baleares, José Díaz Cappa, solicitan su libre absolución al considerar que su comportamiento en la Cámara no fue delictivo, ya que no tuvo intención de lesionar ni discriminar.
En cambio, el magistrado instructor de Palma Juan Manuel Sobrino, encargado de investigar el caso, fue muy contundente al abrir juicio oral contra el presidente del Parlament al entender que existían indicios contra él por un delito de odio al haber desgarrado la foto de Les Roges del Molinar, en la que aparecía Aurora Picornell, icono de la represión franquista en Mallorca, y las hermanas Antònia y Maria Pascual Flaquer, todas ellas encarceladas, torturadas y asesinadas, durante el pleno del pasado 18 de junio de 2024.
La imagen estaba colocada en el anverso del ordenador de la miembro de la Mesa del Parlament y diputada socialista, Mercedes Garrido. Le Senne expulsó de la Cámara tanto a Garrido como a su compañera Pilar Costa, quienes habían exhibido las fotografías en sus ordenadores y no le hicieron caso cuando este les pidió que retiraran la imagen de Les Roges del Molinar. Fue la primera expulsión del Parlament en los más de 40 años de historia de la institución.
Segunda expulsión
Meses después, en la sesión parlamentaria del 15 de octubre de 2024, la segunda autoridad de Baleares expulsó de nuevo a Garrido y Costa, que portaban una camiseta con la fotografía de Les Roges del Molinar. En esa ocasión, el juez instructor consideró que su comportamiento no constituía un delito de odio al tratarse de cuestiones de carácter político constitucional/administrativo.
Precisamente, la resolución que la Audiencia de Palma ha dado a conocer hoy se produce pocos días después de que el Tribunal Constitucional admitiera a trámite el recurso de amparo interpuesto por las diputadas socialistas Mercedes Garrido y Pilar Costa contra las decisiones que adoptó Le Senne cuando las expulsó del plenario. El Alto Tribunal ha apreciado una “especial trascendencia constitucional” en el caso, ya que plantea un problema que afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina al respecto y, además, el asunto suscitado “trasciende del caso concreto porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales”.
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