En el pleno
El TC rechaza los recursos del PP y confirma la exclusión de Macías de las deliberaciones de la amnistía
Se retira el auto con el que se iba a rechazar la recusación de Puigdemont para clarificar su redacción, lo que supone que el magistrado de momento puede intervenir en los amparos de los condenados

Archivo - El nuevo magistrado del TC, José María Macías, toma posesión de su cargo, en el Tribunal Constitucional, a 6 de septiembre de 2024, en Madrid (España). / Alberto Ortega - Europa Press - Archivo

El magistrado del Tribunal Constitucional José María Macías no podrá participar en las deliberaciones de los recursos de inconstitucionalidad presentados por el PP y las comunidades autónomas en las que gobierna este partido presentados contra la ley de amnistía. En cambio, al menos de momento, sí lo podrá hacer en los recursos de amparo de los condenados a los que no se les ha aplicado la medida de gracia, porque su recusación ha sido hasta ahora rechazada por extemporánea, como ocurrió con la interpuesta por el secretario general de Junts, Jordi Turull.
El pleno de esta semana ha rechazado los recursos de súplica con los que el grupo parlamentario popular y los Consejos de Gobierno de Madrid, Islas Baleares, Región de Murcia, La Rioja, Castilla y León, Aragón, Galicia, Extremadura, la Comunidad Valenciana, Cantabria y Andalucía pretendían anular el auto con el que el propio Constitucional forzó la expulsión de Macías de estas impugnaciones. La mayoría progresista del pleno lo dictó, al comprobar que el magistrado pretendía continuar en los debates, pese a que ya había sido estimada la recusación presentada por el fiscal general del Estado en la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Tribunal Supremo.
Con la resolución adoptada este martes, el magistrado que vino directamente desde el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), donde informó en contra de la misma ley sobre cuya constitucionalidad debería pronunciarse ahora, queda definitivamente apartado de los recursos de inconstitucionalidad y de las cuestiones de inconstitucionalidad planteadas por varios tribunales. El auto ha sido aprobado por la mayoría progresista del TC, mientras que los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa, han anunciado que emitirán un voto particular discrepante.
Lo que todavía no se ha rechazado oficialmente es la recusación con la que el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y los 'exconsellers' que le acompañaron a Bruselas, Toni Comín y Clara Ponsatí, pretendían apartarle de los recursos de amparo de los condenados por el 'procés' por el Tribunal Supremo.
Fuentes del alto tribunal han señalado a EL PERIÓDICO que las recusaciones no han sido formalmente rechazadas, porque el auto elevado al pleno por el ponente, el magistrado Enrique Arnaldo, ha sido encontrado confuso por sus compañerosmy se ha preferido retirarlo para redactarlo de nuevo, aunque mantendrá la misma propuesta, consistente en que los incidentes deben ser rechazados, porque quienes los interponen no tienen legitimidad para hacerlo, ya que no son parte y ni siquiera han presentado aún su propia impugnación, donde sí podrán instar la exclusión del magistrado.
Por su parte, la propuesta de Espejel, Tolosa y Arnaldo para que el Constitucional no se pronuncie sobre la amnistía hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea no determine si afecta a intereses nacionales no se abordará hasta que el pleno se pronuncie sobre la constitucionalidad de la ley al dictar la primera sentencia sobre la medida de gracia, que será con la que se resolverá el recurso del PP, por ser el más completo de todos. Las fuentes consultadas ven inviable la tramitación de la propuesta de los magistrados de sensibilidad conservadora.
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