En un auto

El Supremo cierra la puerta a investigar el rescate de Air Europa en la causa que sigue contra Ábalos

El alto tribunal emplaza a las acusaciones a dirigirse contra los aforados que consideren responsables, pero afirma no ver indicios contra el exministro en relación con la ayuda

José Luis Ábalos a su llegada al Tribunal Supremo.

José Luis Ábalos a su llegada al Tribunal Supremo. / José Luis Roca

Ángeles Vázquez

Ángeles Vázquez

Madrid

Con cada resolución que dicta el magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente demuestra que tiene las cosas muy claras en relación con el alcance y el objeto de la causa en la que están imputados el exministro José Luis Ábalos, su asesor Koldo García y el comisionista Víctor de Aldama. En su último auto cierra la puerta, al menos de momento, sin que aparezcan datos nuevos, a investigar en el alto tribunal el rescate de la compañía Air Europa, pese a la insistencia con el que las acusaciones le instan a recabar de la SEPI los expedientes relacionados con la ayuda.

El magistrado se basa en el mismo informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que esgrimen las acusaciones populares, aunque su conclusión es diametralmente opuesta. Los investigadores reprodujeron una conversación entre Aldama y Koldo García en la que el primero señalaba que Javier Hidalgo, que era CEO de Globalia, la empresa a la que pertenece Air Europa, estaba "jodido" y, por eso, quería abrir una nueva vía de negociación llamando a "Begoña", que pese a aparecer sin apellido se considera que se refiere a Begoña Gómez, la esposa del presidente del Gobierno. Al menos, a diferencia de Puente, el juez Juan Carlos Peinado, que la investiga, sí ha reclamado a la UCO un nuevo informe al respecto.

El juez Puente explica que justo que tengan que recurrir a otra persona demuestra que la intervención de Ábalos no fue efectiva en este caso. En su auto afirma que "las conductas que se atribuyen a los investigados y que son objeto de la presente causa especial no se corresponden con la eventualmente ilícita o antijurídica concesión de una licencia de hidrocarburos a Villafuel o con la pretendidamente irregular concesión de ayudas económicas públicas a la empresa Air Europa. En realidad, en la presente causa especial ni siquiera consta indicio alguno relativo a que la licencia de hidrocarburos o la concesión de las ayudas económicas a Air Europa, decisiones ambas que no correspondían a la competencia de Ábalos, resultaran contrarias a Derecho".

"Es evidente que una, la concesión de la licencia, y otra, la ayuda económica pública, podrán haber sido o no otorgadas de manera regular. Sin embargo, no se advierte en este momento la existencia de indicio alguno de que cualquier persona aforada ante este Tribunal Supremo", ya que Ábalos, al no tener competencias para ello, no podría "haber incurrido con relación a ellas en una conducta pretendidamente delictiva", señala la resolución.

Pese a que el magistrado cierra la puerta a investigarlo él, añade que "si la acusación popular considera la existencia de indicios de cualquier actuación irregular en la concesión de la licencia o de la ayuda económica pública, así deberá hacerlo valer ante los órganos jurisdiccionales competentes". Agrega que solo si en el curso de la investigación emprendida de esa forma aparece algún indicio que "pudiera apuntar sólidamente a la eventual responsabilidad de alguna persona aforada ante este Tribunal Supremo", le correspondería investigar el rescate, "pero no ahora".

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