Autorización para investigar
El Supremo se dirige al Parlamento Europeo para proceder contra Alvise por injuriar a Illa, pero antes le ofrece declarar voluntariamente
El magistrado Javier Hernández incoa diligencias por delitos de falsedad e injurias cometidas por el eurodiputado al difundir una prueba falsa de covid del president catalán

El Supremo ofrece a Alvise declarar por difundir una prueba falsa de covid de Illa

El magistrado de la Sala de lo Penal Javier Hernández, instructor de la causa abierta al eurodiputado de Se Acabó la Fiesta Luis 'Alvise' Pérez por la difusión de una prueba falsa de covid del president catalán, Salvador Illa, ha incoado diligencias previas por considerar que lo sucedido constituye presuntos delitos de falsedad e injurias. El alto tribunal deberá obtener autorización del Parlamento Europeo para investigarle formalmente, pero por el momento le emplaza a declarar de forma voluntaria.
El Supremo debe actuar en este asunto conforme al Protocolo nº 7 sobre privilegios e inmunidades de la Unión Europea para seguir adelante con esta investigación contra Alvise Pérez, si bien conforme a la legislación Española le concede un plazo de cinco días para que, de manera voluntaria y antes de que pueda concederse por la Cámara Europea la correspondiente autorización para proceder, pueda acudir voluntariamente a someterse a un interrogatorio. Mientras tanto, ya ha iniciado los trámites para que el Parlamento Europeo suspenda la inmunidad del europarlamentario.
Este asunto llegó al Supremo procedente de un juzgado de Barcelona, que abrió las diligencias iniciales tras una querella de la Fiscalía. Los hechos se remontan a febrero de 2021, cuando el hoy eurodiputado publicó un mensaje en la red social Twitter (hoy X) durante la campaña electoral a las elecciones catalanas.
En dicho mensaje señalaba: "Hola Salvador Illa. Entre la LOPD o demostrar que un ministro y candidato autonómico de mi país miente....la segunda". El mensaje iba acompañado de la fotografía de un documento que simulaba un informe clínico fechado unos días antes, en el que se hacía constar el resultado positivo de una PCR a nombre de Illa. Según la querella de la Fiscalía, el documento es totalmente falso y que lo habría confeccionado Alvise con ánimo de perjudicar a Illa y al PSC.
Fianza de 15.000 euros para el PSC
Por otra parte, el magistrado indica que la personación del PSC, que ha solicitado ser parte del procedimiento como acusación popular, queda supeditada a que el partido formule querella y presente una fianza de 15.000 euros para cubrir las posibles responsabilidades que pudieran derivarse del ejercicio de la acción penal. La personación, en todo caso, debe limitarse al delito de falsedad, pues como partido político carece de legitimación para instar la persecución del delito de injurias. or último, el instructor concede a las partes personadas un plazo de cinco días para que indiquen las diligencias de investigación que, a su parecer, procedería ordenar.
A este caso de la PCR se suman en el Supremo otras dos causas contra Alvise, una por presunta financiación ilegal de su partido para las elecciones europeas y otra por los mensajes que difundió a través de su cuenta de Telegram contra la fiscal delegada de delitos de odio y discriminación de Valencia, Susana Gisbert. Al margen, el eurodiputado tiene pendiente que el TS se pronuncie sobre al menos otro asunto, que llegó al TS de un juzgado de Castilla y León por una denuncia del diputado socialista Javier Alfonso Cendón por un presunto delito de calumnias por vincularle con la trama del 'caso Tito Berni' en su Telegram.
Además, la Audiencia de Sevilla investiga una denuncia de la Fiscalía por una publicación de 'Alvise' en su Telegram donde aparece una foto de la hija del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, obtenida de su perfil privado de Instagram, por posible revelación de secretos o vulneración de la intimidad.
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