La instrucción del pelotazo con material sanitario en el Ayuntamiento de Madrid continúa sin descanso y el juez Adolfo Carretero adopta decisiones casi a diario. Entre las ultimas, requerir al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias del Banco de España (SEPBLAC) el informe que realizaron sobre la actividad de los comisionistasLuis Medina y Alberto Luceño y la imposición a este último de una fianza de más de 4 millones de euros, para lo que le da un plazo de 48 horas. El informe, que fue el que originó toda la causa, no fue aportado por la Fiscalía Anticorrupción a su querella inicial.

También ordena el juez enviar al comité Español de la Cámara de Comercio Internacional (ICC Spain) los contratos suscritos por los investigados con membrete de la referida institución, para que esta cámara aclare si autorizó su uso y si los empresarios fueron socios. Igualmente, quiere saber el juez si tiene establecidas pautas o recomendaciones sobre los porcentajes de las comisiones que se consideran adecuados por el desempeño de las funciones de agente o facilitador en la celebración de operaciones mercantiles.

Así se señala en varios documentos a los que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, diario perteneciente al mismo grupo editorial que este medio, y que aluden a otras peticiones de las acusaciones populares en representación de los grupos municipales Más Madrid, Podemos y Psoe en el Ayuntamiento que dirige José Luis Martínez Almeida.

En cuanto a Luceño, se le exige un total de 4.023.966,94 euros, y el magistrado oficia al Punto Neutro Judicial, para que facilite los bienes muebles de valor y bienes inmuebles a su nombre, así como a la Agencia Tributaria para que facilite también estos datos y los referidos a la sociedad de la que es propietario, Takamaka Invest S.L. "En caso de no pagar la fianza en cuarenta y ocho horas, embárguense los bienes que se encuentren a nombre del mencionado así como de la mercantil", apunta el auto.

Sobre la cantidad de 4 millones fijada, responde a que hasta el momento, según señala el titular del Juzgado de Instrucción número 47 en su auto, sólo le ha podido embargar un inmueble valorado en 1.107.400 euros, diversos vehículos valorados en 946.136,66 euros y el saldo de cuentas corrientes por un importe de 129140,70 euros. Con ello y la cantidad fijada en el auto, que tiene fecha de 29 de abril, se llega a los 6.206.644 de euros ( el total de las comisiones que se llevó) de sus responsabilidades pecuniarias en el caso de que exista condena.

No le imputa alzamiento

Sin embargo, y al contrario de lo que decició respecto de su socio Luis Medina, por el momento el juez no amplía la imputación contra este empresario con el delito de alzamiento de bienes respecto de él ni de su sociedad Takamaka. Continúa siendo investigado por fraude agravado, falsedad documental y blanqueo de capitales.

La razón es que, tal y como ha demostrado su defensa, el dinero de la venta tres vehículos que podrían ser suceptibles de este alzamiento fue ingresado en las cuentas de la sociedad Takamaka Invest, de la que es el administrador único. También ha aportado los relojes que se le han pedido y justifica los gastos necesarios para su vida personal y vida mercantil de su sociedad Takamaka Invest S.L., dice el juez.

Sobre esta empresa, el juez señala que Luceño podía constituir una sociedad para dedicarse a negocios, y tributar por la misma por impuesto de sociedade sin perjuicio de la tributación como persona física, "de modo que por el momento no hay indicios de elusión de impuestos, máxime cuando la sociedad que creó es administrada por él también y es único socio", añade el auto.

Finalmente, en otra resolución rechaza expulsar del procedimiento la Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid S.A. como acusación particular y la del Grupo municipal de Mas Madrid como acción popular, tal y como había solicitado Medina. 

La funeraria, perjudicada

Lo hace por las mismas razones que decidió mantener al propio Ayuntamiento como acusación. Así, inicide en que tanto el Ayuntamiento como la Funeraria subsidiariamente "fueron presuntamente engañados por el señor Medina y su amigo el seror Luceño, que ocultaron su exorbitante comisión en los tres contratos firmados por Leno con el Ayuntamiento".

El precio lo fijó Luceño, añade el juez, "lo que causó un perjuicio económico a la Funeraria con este presunto engaño y un enriquecimiento suyo y de su amigo el señor Medina, pese a las quejas del Ayuntamiento por la mala calidad de los guantes y de los test, sin que bajasen en ningún momento su comisión ni conste la devolución del dinero de los test fallidos".