Los funcionarios de prisiones serán reconocidos como agentes de la autoridad, según propone una enmienda que PSOE y Unidas Podemos han presentado este jueves en el Congreso en el marco de la tramitación derogatoria de la Ley de Seguridad Ciudadana, o ‘ley mordaza’.

Si se aprueba, la medida otorgará un grado superior de protección a los trabajadores públicos de las cárceles en las situaciones de peligro o violencia consumada intramuros -que venía siendo un motivo de tensión en el colectivo este otoño- pues a partir de la aprobación de la nueva ley agredir a un funcionario de prisiones será considerado atentado, por lo que el caso tendría tramitación penal y no solo administrativa como hasta ahora.

La medida supondrá también, como adelantó este miércoles El Periódico de Catalunya, que el Estado asumirá la indemnización para aquellos funcionarios que resultaran heridos en incidentes regimentales en las prisiones, tal y como se lo propuso ante la Comisión de Interior del Congreso el secretario general de Instituciones Penitenciarias, Angel Luis Ortíz, en diciembre de 2018.

La enmienda en la reforma de la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana supondrá una modificación del artículo 80 de la Ley Orgánica General Penitenciaria.

Al pasar a ser reconocidos como agentes de la autoridad, los vigilantes de las prisiones pasarán a gozar del principio de veracidad en la tramitación de partes e informes disciplinarios, por lo que -“salvo prueba en contrario” dice la enmienda- su declaración se considerará base suficiente para sancionar.

El nuevo artículo les reconocería además derecho a no cumplir pena con el resto de internos de una prisión, sino separados, si ellos mismos pasaran a la condición de preso por la comisión de un delito y la consiguiente condena.

La consideración de agente de autoridad se extiende en el texto de la enmienda solo al personal funcionario de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior, sin hacer mención a los vigilantes de las prisiones de la Generalitat y los que trabajan en la recién adquirida competencia penitenciaria del Gobierno Vasco.

El PNV, apuntan fuentes penitenciarias, ya ha expresado su intención de presentar una petición en el mismo sentido. “No tendría sentido que se haga una excepción con los funcionarios catalanes”, dice el coordinador del sindicato Acaip en Catalunya, Francesc López.

Sin aplausos

La medida llega al trámite parlamentario mientras los sindicatos mayoritarios del colectivo penitenciario, Acaip-UGT y CSIF, mantienen un conflicto colectivo con Interior reclamando, de base, la equiparación salarial entre profesionales de distintas prisiones por un trabajo similar. De hecho, consideran “un avance, pero insuficiente”, esta propuesta de los dos partidos en el Gobierno.

Una negociación de las centrales sindicales con los dos partidos proponentes ha precedido a la enmienda, que no recoge todas las peticiones. Los sindicatos querían que la condición de agente de autoridad se extendiera a todos los trabajadores penitenciarios, personal laboral e interinos incluidos, pero de momento solo llegará al personal que ha pasado oposición.

La consideración de agente de autoridad que propone la enmienda equipararía a los vigilantes de las cárceles a los médicos, maestros o conductores de transporte público, pero no a los agentes policiales, jueces o fiscales. Y esa es otra de las razones de la insuficiencia para los sindicatos. El matiz de autoridad pública o agente de la autoridad es la diferencia que implica que un atentado con riesgo para la vida, como el sufrido por el jefe de Servicio del centro penitenciario de Cuenca el pasado 27 de octubre, cuando un preso le hizo un corte en el cuello, se tramite o no bajo la figura agravada del atentado a la autoridad que recoge el Código Penal, y que supondría una notable prolongación de la pena del interno agresor, de entre uno y seis años más de cárcel.

Los sindicatos de prisiones llevan varios años reclamando este reconocimiento porque lo consideran una medida disuasoria para los presos que pudieran atacarlos y una vía para reducir la violencia en las cárceles.

"Es un avance, y así lo valoramos, pero no elimina el conflicto, ni siquiera lo desencalla –explica a este diario Joaquín Leyva, portavoz del sindicato Acaip-UGT-. Es totalmente insuficiente. Resulta evidente que la declaración de conflicto colectivo, las continuas denuncias realizadas por los sindicatos y las movilizaciones llevadas a cabo han sido un factor determinante para este paso".

La enmienda recoge casi en su totalidad lo expresado en el título preliminar de la Ley de Función Pública Penitenciaria, cuya tramitación se encuentra parada desde febrero pasado, convirtiéndose este parón en uno de los motivos del conflicto colectivo.