El Govern de Cataluña ha dado ya con la tecla que buscaba para acudir en el socorro de los 34 encausados por el Tribunal de Cuentas por la celebración del 1-O. En la reunión de este martes del Consejo Ejecutivo se ha decidido la creación de un fondo complementario de riesgos, con una aportación inicial de 10 millones, para el rescate de los "servidores públicos en el ejercicio de su cargo". La fianza conjunta exigida por el Tribunal de Cuentas alcanzan los 5,4 millones.

La Generalitat considera que todas las actuaciones que el tribunal investiga se mueven entre el ejercicio del cargo, y las competencias estatutarias en política exterior, y la libertad de expresión. Y crea este fondo, con carácter genérico, y para cubrir aquellas situaciones que no están ya cubiertas por los seguros contratados.

El mecanismo se ampara en dos preceptos, el de indemnidad y el del crédito de dinero público. Por el primero se protegen los derechos fundamentales de los trabajadores públicos perseguidos por acciones entendidas que entran dentro del ejercicio de su cargo. Por el segundo se requerirá el retorno del dinero aportado, si hay condena.

Aval de una entidad bancaria

El mecanismo supone que aquellos afectados que quieran acogerse al fondo rellenen un formulario que, tras el visto bueno de la administración supondrá una orden del Institut Català de Finances (el órgano gestor de los 10 millones, hasta que se cree uno propio) a una entidad bancaria para que avale el dinero de la fianza ante el Tribunal de Cuentas, ofreciendo, a su vez, la robustez del fondo creado como garantía. Es decir, la Generalitat no avala directamente.

Si el procedimiento judicial o administrativo finaliza con una sentencia firme, la Generalitat reclamará a los afectados el retorno del dinero. "No hay desplazamiento patrimonial de la Generalitat" aseveró el 'conseller' de Economía para ilustrar que la medida tomada cuenta con "toda la solidez jurídica" y, por tanto, esquiva, en su opinión, cualquier acusación de malversación. "La Generalitat", mantuvo "solo garantiza la presunción de inocencia". Eso sí, la devolución de los fondos aportados, en su caso, se reclamaría, señala el decreto, cuando se acabaran todas las instancias judiciales, españolas o comunitarias, a las que los eventuales condenados puedan recurrir, aun cuando en el caso del Tribunal Supremo exige el pago inmediato a sus fallos, creando ahí una dilación temporal.