España exige desde este miércoles el certificado de vacunación o un test negativo a todas las personas mayores de 12 años procedentes de zonas de riesgo de Francia que lleguen al país por vía terrestre.

Así lo recoge la orden publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que establece que los ciudadanos que crucen a España deberán disponer de la certificación de que el titular ha recibido una vacuna contra la COVID-19 a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis de la pauta vacunal completa.

Las vacunas admitidas serán las autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento o aquellas que hayan completado el proceso de uso de emergencia de la Organización Mundial de la Salud.

Si no se está inmunizado, Sanidad exigirá un certificado que indique el resultado de una prueba diagnóstica de infección activa de COVID-19 que se haya realizado el titular, tanto si es PCR como si es de antígenos.

Sendos certificados deberán estar redactados en español, inglés, francés o alemán y, en el caso de no ser posible obtenerlo en estos idiomas, el documento acreditativo deberá ir acompañado de una traducción al español realizada por un organismo oficial.

La orden, que entra en vigor este miércoles, producirá efectos hasta que el Gobierno declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Los viajeros que llegan a Francia procedentes de un destino que no sea considerado de riesgo, entre ellos el conjunto de la Unión Europea, pueden entrar al país a partir de este mismo miércoles sin presentar ningún test de coronavirus siempre y cuando acrediten que han recibido alguna vacuna homologada.

Para los países en verde, dentro de los cuales figura España, Francia determina que solo será necesario presentar un test negativo PCR o de antígenos realizado en las 72 horas previas si el viajero no acredita que ya está vacunado contra la COVID-19 con alguna de las vacunas avaladas por la Agencia Europea del Medicamento (EMA).

Sube la edad mínima

Por otro lado,  el Ministerio de Sanidad ha elevado de 6 a 12 años la edad mínima de exigencia de requisitos sanitarios de someterse a una prueba para detectar si existe infección por la COVID-19 para entrar en España.

Así consta en la resolución de la Dirección General de Salud Pública difundida este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que modifica una anterior del pasado día 4 relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España.

Para esta modificación Sanidad ha tenido en cuenta la edad mínima para optar a la vacunación y los límites que ya tienen establecido algunos países del entorno de España.

Asimismo, que la revisión de la recomendación de la Unión Europea (UE) de coordinar las restricciones de la libre circulación en respuesta a la pandemia prevé que los niños menores de 12 años deben estar exentos del requisito de someterse a una prueba relacionada con el viaje para detectar la infección.

Esta resolución produce efectos desde este miércoles, día de su publicación en el BOE.