El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha obligado al Govern a facilitar los enunciados de los exámenes de selectividad en catalán, castellano y aranés, salvo en los de lengua. El alto tribunal catalán estima así las medidas cautelares urgentes solicitadas por la Asamblea por una Escuela Bilingüe de Catalunya (AEBC). La decisión se ha tomado un día antes de que comiencen las pruebas, este martes a las 9.00 horas. La asociación que ha presentado el recurso argumenta que la Generalitat vulneró los derechos constitucionales de no discriminación por razón de lengua y de igualdad de oportunidades de los alumnos catalanes matriculados en la de acceso a la universidad, al instar a los profesores a repartir los ejercicios en catalán y solo en el caso de que algún alumno lo solicite, podrán entregarle el ejemplar del examen en castellano.

La Sala Contencioso-Administrativo detalla que la elección de la lengua de los enunciados del examen "no puede venir determinada por la administración" y por ello estima que estén disponibles en las tres lenguas cooficiales y que sea el alumno de forma individual lo que escoja la opción "en el idioma oficia que estime". La Generalitat dispone de tres días para presentar alegaciones.

En las normas del Consell Interuniversitari de Catalunya para los miembros de los tribunales de selectividad se instaba a "repartir primero los enunciados de examen en catalán y, solo si algún alumno lo pide, darle la versión en castellano y recuperar la versión en catalán. A efectos estadísticos, hay que hacer constar en informe cuántos se libran , en castellano, sin identificar los alumnos". En su resolución cautelar el alto suspende esta norma y requiere al "presidente/a y al secretario/a" de ese organismo que "disponga lo necesario para la ejecución" de la resolución de los jueces.

Un derecho de los ciudadanos

"La lengua oficial está configurada como un derecho subjetivo: El derecho de los ciudadanos a utilizar el idioma de su elección, y a relacionarse con los poderes públicos y la Administración imponiendo su opción, y no a la inversa. Por ello ha de estimarse la solicitud de suspensión del apartado indicado para mantener el derecho de elección, que corresponde al alumno, como medida cautelar urgente dada la inminencia de la celebración de las pruebas de acceso a la Universidad, como hemos dicho, en los términos que se dirán, excluyendo los enunciados de Lengua catalana y literatura, Literatura catalana, Lengua castellana y literatura, Literatura castellana y Lengua extranjera (inglés, francés, alemán e italiano) que serán entregados en la lengua del ejercicio", concreta el TSJC.

La asociación demandante pedía que se "impriman los exámenes en las tres lenguas y que el alumno en el reparto del profesores las tenga disponible", ya que los exámenes no se pueden cambiar en menos de 24 horas. Sin embargo creen que para la evaluación de septiembre se podrían imprimir con los enunciados en catalán, castellano o aranés. En concreto señalan que el reparto prioritario de los exámenes en catalán es contrario al principio de no discriminación y al derecho a la educación, ya que estas pruebas son determinantes para el futuro académico de los estudiantes y deben por ello realizarse en igualdad de condiciones, sin que ningún tipo de discriminación pueda influir en su resultado. También recuerdan el carácter de lengua vehicular del castellano y catalán en el sistema educativo de Catalunya.