A partir de este jueves, acciones cotidianas como ir al banco o firmar contratos y adoptar decisiones vitales tan importantes como donde vivir o tener o no un hijo cambiarán sustancialmente para las personas con discapacidad intelectual. El Congreso aprobará definitivamente este jueves una reforma de la legislación civil y procesal que destierra en España el sistema paternalista que ha implicado la incapacitación legal de más de 100.000 personas y lo sustituye por un modelo de apoyos que les permite tener capacidad jurídica, en igualdad de condiciones que el resto de la ciudadanía.

La nueva ley emana de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que fue ratificada por España en el 2008 y que proclama, en su artículo 12, que las personas con discapacidad tienen plena capacidad jurídica y, por tanto, pueden decidir sobre sus propias vidas. Desde entonces, el colectivo ha estado luchando para que el cambio llegue a España y se acabe con figuras como la tutela o la patria potestad prorrogada, establecidas en en el Código Civil, y que son contrarias a la Convención.

Por fin, el nuevo modelo llega al Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que supone una "revolución y un cambio muy contundente", según explica Carles Campuzano, director del colectivo catalán Dincat. También los grupos en el Congreso han reconocido la importancia de la nueva norma, que el único rechazo de Vox. Así, han señalado que supone un "avance en igualdad" e implica construir una "España más íntegra, que es aquella que no discrimina". La diputada popular María Jesús Moro ha destacado que el texto "recoge muchas voluntades y mucho trabajo", mientras que el ministro socialista de Justicia, Juan Carlos Campo, ha recogido el guante y ha señalado que el colectivo de la discapacidad ha conseguido "otra fórmula de hacer política, la del consenso".

Cambio de paradigma

Básicamente, la ley cambia el paradigma basado en la percepción de que las personas con discapacidad intelectual no pueden tomar sus propias decisiones por un sistema que no anula la voluntad de estas personas, sino que, mediante un conjunto de apoyos, les ayuda a desarrollar su proyecto de vida. Para ello, se prevé un un modelo de apoyos elástico, que se acomode a los ámbitos de autonomía de cada persona.

Además, la norma incorpora otra de las reivindicaciones históricas del movimiento asociativo, que es el impedimento de que las entidades que prestan los servicios de atención directa, como centros de día o de empleo, puedan ser quienes provean los apoyos. No pueden ser juez y parte.

La Constitución

Por todo ello, el colectivo ha celebrado la aprobación de una norma que "elimina la discriminación histórica hacia cientos de miles de personas que, hasta el momento, eran tratadas a nivel legislativo como menores de edad y a las cuales se les negaba la posibilidad de ejercer derechos tan básicos como firmar un contrato de alquiler, tener una tarjeta bancaria u otorgar testamento", según han destacado Plena Inclusión y la Asociación Española de Fundaciones Tutelares (AEFT).

Este avance puede verse culminado en un futuro cuando se apruebe el anteproyecto de ley, aprobado recientemente por el Consejo de Ministros, destinado a reformar el artículo 19 de la Constitución, con el fin de eliminar el término peyorativo 'disminuido' de la Carta Magna.