La Audiencia Nacional ha avalado la denegación de la nacionalidad española a un ciudadano marroquí con más de 20 años de residencia en España por considerar que no ha acreditado un grado suficiente de integración al hablar y escribir el castellano de manera "deficiente" pese al tiempo transcurrido. En una sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la Audiencia Nacional desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por esta persona contra la Resolución del Ministerio de Justicia que le denegaba la nacionalidad.

El motivo de la denegación de la solicitud se basaba en que el interesado no había justificado suficiente grado de integración en la sociedad española, según manifestó expresamente el juez encargado del Registro Civil de La Palma del Condado (Huelva).

En el formulario al que se le sometió, integrado por 12 preguntas, que fueron escritas por el funcionario, ya que el solicitante manifestó que no sabia leer ni escribir en castellano, se pudo constatar que "las respuestas ofrecidas en su mayoría era, No sabe/No contesta, probablemente por su falta de comprensión del idioma", y de otro lado se puso de manifiesto "un desconocimiento total de cuestiones esenciales de la organización estatal, del significado de la Constitución, y de las costumbres".

El demandante argumenta en su recurso que en el tiempo que lleva viviendo en España ha cumplido las normas de convivencia cívicas, careciendo de antecedentes penales, y que reside junto a su familia, esposa y dos hijos nacidos en España, por lo que se encuentra fuertemente arraigado.

Además, señala que ha estado trabajando de forma activa desde su llegada como peón agrícola, lo que le ha permitido suscribir un contrato de arrendamiento y contar con amigos españoles.

Por ello considera que "no ha sido bien valorado el elemento de la integración", reconociendo que el hecho de no saber leer ni escribir le impidió contestar adecuadamente el formulario aunque supo responder a las preguntas de quién era el Jefe del Estado y el presidente de Gobierno. El afectado cree que su desconocimiento de otras cuestiones puede deberse a su falta de estudios pero no a falta de adaptación a la sociedad española.

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Sin embargo, la Audiencia Nacional considera que "difícilmente puede conseguirse una integración si no se conoce el medio de expresión utilizado -el idioma común de obligatorio conocimiento- por los miembros de la sociedad respecto de la cual se manifiesta la voluntad de ser nacional, aun al nivel mínimo de comunicación oral".

Por otro lado, en el presente recurso no se ha justificado ninguna otra actividad de carácter social o cultural que ponga de manifiesto la integración y participación en la vida y costumbres españolas más allá de su trabajo y residencia en España.