Las elecciones catalanas del 14 febrero, aplazadas hasta el 30 de mayo, son la tercera cita electoral retrasada en España a causa de la pandemia, que ya afectó a los comicios del País Vasco y Galicia, y que ha obligado a improvisar un procedimiento que no estaba previsto en la ley.

La decisión ha sido adoptada este viernes por la mesa de partidos catalanes a propuesta del Govern, pero sin unanimidad, ya que el PSC ha mantenido su oposición a que se cambien de fecha.

El Gobierno catalán ha seguido un procedimiento parecido al utilizado por las otras dos comunidades autónomas para aplazar unas elecciones ya convocadas, un proceso que se topó desde el inicio de los debates con un vacío legal que cada comunidad autónoma ha resuelto a su manera y que ha provocado innumerables debates.

Si en Galicia y el País Vasco la decisión se adoptó a propuesta del presidente autonómico, el hecho de que en Cataluña el presidente Quim Torra esté inhabilitado, ha obligado al propio Parlament a convocar a las fuerzas representadas a una reunión para decir el aplazamiento.

La necesidad de cambiar las fechas electorales para que no coincidieran con picos en la pandemia ha obligado a las comunidades autónomas a improvisar un procedimiento que no está reglado y que ha generado encendidos debates.

Así, para el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, está claro que la suspensión de unas elecciones "no está contemplada" en la Ley Orgánica Electoral General y es una opción “muy grave para la democracia", en referencia al caso catalán.

Sin embargo, existen los precedentes de Galicia y el País Vasco, cuyos Ejecutivos contaron con dictámenes jurídicos propios que avalaban que la norma no lo autoriza, pero tampoco lo prohíbe expresamente, y por tanto tampoco determina el procedimiento que se debería seguir en el caso en que se considere necesario.

Ante el hecho de que los gobiernos autonómicos ni tienen ni dejan de tener potestad para tomar esa decisión, los expertos consideraban que sí era posible adoptar la medida por acuerdo.

Dado que el procedimiento para hacerlo no está pautado por la legislación, cada comunidad autónoma ha seguido su propia línea.

Así, los primeros en enfrentarse a este problema fueron los gallegos, que estaban llamados a las urnas el 5 de abril, en pleno estallido de la pandemia.

La decisión de postergar la cita al 12 de julio la adoptó el Gobierno de Alberto Núñez Feijóo tras celebrar una reunión por videoconferencia con los candidatos de los principales partidos que coincidieron en la necesidad de mover la fecha.

El Gobierno gallego redactó un decreto en el que se establecían las "reglas del juego" y se pospuso la convocatoria electoral sin fecha determinada, hasta que se levantara el estado de alarma en toda España y el estado de emergencia sanitaria en Galicia, fechas ambas "inciertas" en marzo de 2020.

El acuerdo alcanzado en Galicia determinaba asimismo que para la convocatoria de las elecciones aplazadas no sería necesario dejar transcurrir los 54 días que determina la ley entre que se convocan y se celebran los comicios, dado que no se trataba de una nueva convocatoria sino de un aplazamiento.

Una vez adoptada la decisión, el Gobierno gallego informó a la Junta Electoral, que tampoco tenía competencias para decidir sobre la cuestión, por lo que fue aprobada.

El sistema adoptado en el País Vasco fue muy similar: las autonómicas se aplazaron por a instancias del lehendakari Íñigo Urkullu tras consultar con todos los partidos políticos.

La decisión, acordada por todos, incluidos los partidos de la oposición, fue entonces informada a la Junta Electoral de Euskadi, que la consideró "legítima, proporcionada y conforme a derecho".

A diferencia de Galicia, en el País Vasco sí se mantuvo la condición de respetar el plazo entre la convocatoria y la celebración, que Urkullu anunció el 18 de mayo; tuvieron lugar el 12 de julio, coincidiendo con las elecciones gallegas.

Los partidos catalanes, por su parte, han acordado una fecha de celebración a más de tres meses de distancia y que no interfiera con la Semana Santa ni los festivos y puentes de la primavera: el 30 de mayo.