El recurso al teletrabajo para no parar la actividad durante la pandemia de COVID-19 ha sido una tendencia generalizada en Europa y en otras grandes economías del mundo, aunque muchos de estos países no cuentan aún con una regulación específica como la aprobada este martes en España con acuerdo social.

"Esta norma nos coloca a la vanguardia de las legislaciones europeas", ha afirmado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, que ha reconocido que la pandemia ha acelerado la aprobación de la ley.

Europa

Fuentes de la Comisión Europea han indicado a EFE que vigilarán que el teletrabajo cumpla con las normas europeas, entre ellas la "muy necesaria" separación entre la vida privada y la profesional, un aspecto sobre el que también se ha mostrado preocupada la Confederación Europea de Sindicatos (CES).

Según cifras oficiales, antes de la pandemia, en 2019, el 5% de los europeos trabajaba desde casa, un porcentaje que se disparó hasta el 37% en abril de 2020.

Francia cuenta con una regulación desde 2005, pero la situación actual ha abierto el debate sobre si es necesaria una modificación, ya que los sindicatos quieren que se impida el teletrabajo a toda la semana, un control más riguroso sobre la carga laboral y horarios para garantizar la desconexión -que es un derecho ya recogido- o precisar los gastos que asume el empleador.

La patronal francesa prefiere no interferir en los procesos abiertos en muchas empresas con los representantes de los trabajadores para fijar sus propias reglas, mientras que el Gobierno ha optado por dejar el tema en manos de los interlocutores sociales.

Alemania no cuenta con una legislación específica, pero el marco legal general establece que el teletrabajo es voluntario.

El Gobierno federal está elaborando un proyecto de ley que está previsto que se apruebe este otoño y en el que podría incluirse la desgravación de los gastos que para el empleado acarrea el teletrabajo.

En Italia, durante el estado de alarma, hasta el 15 de octubre, las empresas pueden asumir el teletrabajo para su plantilla de forma unilateral y simplificada, pero si no se prorroga el estado de emergencia, las empresas tendrán que firmar acuerdos individuales que incluyan las herramientas a utilizar, los tiempos de descanso y las medidas que garantizarán el derecho a la desconexión.

No obstante, el Ejecutivo italiano quiere regular a nivel nacional el teletrabajo y tiene previsto reunirse con los agentes sociales.

Los empleados británicos pueden solicitar a su empresa acogerse a medidas de "trabajo flexible", entre las que se incluye el teletrabajo, siempre que hayan trabajado al menos 26 semanas en esa compañía.

La empresa está obligada evaluar su petición y responder de "manera razonable", aunque puede rechazarla, y de aceptarla está obligada a pagar el mismo salario y aplicar el resto de condiciones del contrato.

América Latina y Estados Unidos

México no tiene regulado el trabajo a distancia, aunque el Gobierno anunció en junio que lo haría, teniendo en cuenta que solo el 20 % de las empresas están preparadas para el teletrabajo, aunque el 57 % lo habilitó en la pandemia, según el Centro de Estudios para el Empleo Formal (CEEF).

Más de 15 millones de trabajadores independientes ya trabajaban desde casa antes de la pandemia, en un contexto en el que casi el 55 % de las 49,8 millones de personas ocupadas están en la informalidad, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

En Brasil, el teletrabajo está regulado desde 2017, aunque hay propuestas para mejorar la normativa, principalmente dirigidas a garantizar los derechos de los empleados y transferir al empleador los costes de energía, internet y teléfono.

El Parlamento de Argentina aprobó el pasado 30 de julio una ley que regula el teletrabajo, pero varias cámaras empresariales rechazan la nueva norma porque consideran que es de muy difícil implementación y desalienta la generación de empleo.

El nuevo marco normativo general establece el derecho a la desconexión y el carácter voluntario de esta modalidad para el trabajador, en tanto que contempla los mismos derechos para quienes trabajan a distancia y presencialmente.

En Estados Unidos, la regulación del teletrabajo está circunscrita al empleo público y requiere que haya un acuerdo por escrito entre el empleado y el supervisor, el nombramiento de un director de teletrabajo y que haya una capacitación previa.

OIT

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) cree que el teletrabajo seguirá siendo necesario hasta el fin de la pandemia e incluso en la "nueva normalidad posterior, lo que requerirá una gestión empresarial más basada en la confianza y los resultados que en la presencia física del empleado.

Asimismo, advierte de que, aunque el teletrabajo da a los trabajadores una agenda más flexible y la libertad de trabajar en lugares alternativos, "presenta riesgos como el aislamiento y la pérdida de contacto con los colegas de trabajo".