El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de Carles Puigdemont y Toni Comín de suspender de forma cautelarísima el acuerdo por el que la Junta Electoral Central declaró vacante sus escaños en el Parlamento Europeo tras no acudir a España a acatar la Constitución al estar fugados en Bélgica.

La Sala Tercera del alto tribunal ha denegado las medidas cautelarísimas solicitadas por ambos procesados en la causa del "procés", que se encuentran declarados en rebeldía tras estar huidos de la Justicia desde 2017.

En concreto, rechaza suspender dos acuerdos de la JEC, el que declaró vacantes sus escaños y suspendidas todas las prerrogativas que les pudieran corresponder, y el que rechazó la fórmula de acatamiento de la Constitución de ambos a través de un documento firmado ante notario y presentado en el Congreso por su abogado.

Considera el tribunal que no concurren ni las circunstancias de especial urgencia alegadas por ambos para adoptar medidas cautelarísimas -en las que no es preciso oír a la parte contraria-, ni "se producirán perjuicios irreparables para los recurrentes, si debieran prosperar sus razones".

Es decir, según el Supremo, el mantenimiento de tales acuerdos de la Junta "no crea una situación irreversible" para Puigdemont y Comín "que exija decidir ahora sobre las pretensiones cautelares presentadas".

Éstas, prosigue, "pueden ser examinadas y resueltas" más adelante en forma de medidas cautelares, en las que sí se pide el informe de las partes.

En su recurso, ambos alegaron como circunstancias de especial urgencia la celebración el próximo martes de la sesión constitutiva del Parlamento Europeo y argumentaban que podrían verse privados de su derecho a asistir tanto a dicha sesión como al resto hasta que el Supremo falle en sentencia.

Si bien la Sala destaca que los acuerdos de la Junta Electoral Central impugnados fueron adoptados el pasado 20 de junio mientras que los recurrentes no han interpuesto este recurso hasta seis días después.

Puigdemont y Comín no fueron los únicos cuyos escaños quedaron vacantes; esta decisión también afectó a Oriol Junqueras, en prisión preventiva a la espera de sentencia del "procés", a quien el tribunal del caso no excarceló para ir al Congreso a acatar la Constitución, requisito imprescindible para convertirse en eurodiputado.

Un asunto que el abogado de Junqueras recurrió ante el Tribunal Supremo, que ahora sopesa elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con sede en Luxemburgo, acerca de los privilegios y la inmunidad de los europarlamentarios.

La Fiscalía ya se ha opuesto formalmente a preguntar a Luxemburgo al asegurar que Junqueras no tiene inmunidad.