La Fiscalía y la acusación particular, que ejerce Vox, se oponen a la petición hecha la víspera por las defensas de los cinco acusados electos a Cortes (Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull) de que se pida permiso a las Cámaras para continuar con el juicio y dejarles en libertad para poder ejercer como parlamentarios.

En su escrito de alegaciones, la Fiscalía explica que el suplicatorio "es exigible únicamente" y "siempre con carácter previo" a "los supuestos de detención, inculpación o procesamiento", los cuales "no pueden ser ampliados extensivamente dado el carácter restrictivo de la normativa reguladora de los aforamientos".

Y aclaran que el suplicatorio "no está previsto para aquellos supuestos en los que la adquisición de la condición de diputado o senador se produce una vez iniciado el juicio oral en sentido estricto o en fase de recursos posteriores a una sentencia definitiva", que es el caso de los cinco encausados electos.

Las defensas se amparan en los artículos 750 y 753 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en el 71.2 de la Carta Magna que, que según su interpretación, les concede inmunidad desde el momento de su elección. Por tanto, corresponde pedir permiso a las Cortes para seguir con el juicio.

La Fiscalía precisa que la Ley Fundamental establece que el ámbito de actuación para pedir el suplicatorio es "con carácter previo a la inculpación o procesamiento", de manera que "no legitima su imposición en cualquier fase del proceso".

Respecto a la petición de libertad, recuerda que la prisión provisional fue acordada con anterioridad a su decisión de concurrir a las elecciones, de manera que "los acusados eran plenamente conscientes de que el ejercicio efectivo de su derecho de participación política estaba ya condicionado por la medida cautelar".

En la jornada 42.ª del juicio, votantes del 1-O destacaron que el día del referéndum fue una jornada espontánea donde en realidad nada estaba organizado.