El presidente catalán, Quim Torra, ha enviado este miércoles a la Junta Electoral Central (JEC) un escrito en el que alega la "dificultad legal de cumplir" el requerimiento de retirar banderas esteladas y lazos amarillos de los edificios públicos de la Generalitat y le pide que "reconsidere" su decisión.

El escrito ha sido enviado poco antes de que venciera el plazo máximo de 48 horas dado por la JEC al presidente de la Generalitat para que ordenase la retirada de las esteladas y lazos amarillos, a raíz de una denuncia presentada por Ciudadanos.

En la fachada del Palau de la Generalitat sigue colgando, de hecho, la pancarta con el lema "Libertad presos políticos y exiliados", en catalán e inglés, junto a un lazo amarillo.

Desde Twitter, Torra ha denunciado que el requerimiento de la JEC es "un nuevo intento de censura de la libertad de expresión por parte del Estado español".

En su recurso, el presidente catalán busca rebatir la "afirmación de esta JEC de que la bandera estelada es un símbolo partidista utilizado por formaciones políticas concurrentes a las elecciones y que su utilización es contraria a la neutralidad política".

Además, esgrime "la dificultad legal de cumplir el requerimiento en sus justos términos", ya que la JEC reclamaba ordenar la "inmediata retirada de las banderas esteladas y lazos amarillos" de cualquier edificio público de la Generalitat.

Torra argumenta que "existen multitud de edificios públicos en todo el territorio de Cataluña" que o bien "no son propiedad" de la Generalitat o bien "no los gestiona directamente".

Además, recalca que en sus funciones como president tiene el "deber de respetar el derecho fundamental a la libertad de expresión reconocida a los empleados públicos".

Torra recuerda que el Parlament, en 2014, aprobó una resolución que reconocía la estelada como "símbolo que representa un anhelo de libertad y una reivindicación democrática, legítima, legal y no violenta", sin que "ninguna institución del Estado" lo cuestionara.

Por ello, "el carácter de símbolo partidista" que la JEC atribuye a la estelada "contraviene la resolución del Parlament y supone una interpretación subjetiva que no se corresponde ni con la realidad ni con la voluntad popular expresada" por los diputados.

En cuanto a los lazos, hace constar la "contradicción que supone la prohibición de la exhibición de estos símbolos en edificios de la Generalitat" invocando la "neutralidad política".

"Desde hace ya más de un año, formaciones políticas que concurren a las elecciones generales del próximo 28 de abril han realizado campañas públicas para fomentar e incentivar la retirada de estos símbolos de espacios públicos", subraya.

El president señala que el Parlament rechazó el pasado junio dos proposiciones de ley que instaban a prohibir los lazos amarillos en el espacio público y edificios institucionales, de lo que se desprende "una posición clara" de la cámara catalana "a favor de la libertad de expresión en el espacio público y en las instituciones".

La resolución de la JEC, denuncia, "lejos de mantener la neutralidad política, está dando la razón a estos partidos que han atacado sistemáticamente" esta simbología, por lo que "está favoreciendo los postulados que estos partidos han defendido".

Así, Torra acusa a la JEC de incurrir en una "ausencia de imparcialidad", ya que al prohibir esos símbolos favorables a los líderes independentistas encausados por el 1-O está "reconociendo unos ideales de partidos que concurren a las elecciones".

Por todo ello, Torra pide a la JEC que "proceda a la reconsideración" de su resolución del pasado lunes. Con este escrito, el presidente catalán podría ganar tiempo, a la espera de la respuesta de la JEC y exponiéndose a posibles sanciones.

La ministra de Justicia, Dolores Delgado, ha afirmado en Segovia que, si Torra se niega a retirar los lazos amarillos, "se quitarán y desaparecerán, iniciándose un proceso sancionador".

En concreto, el artículo 153 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General establece que "toda infracción de las normas obligatorias establecidas en la presente ley que no constituya delito será sancionada por la Junta Electoral competente", con multas de entre 300 y 3.000 euros para autoridades o funcionarios.

Además de la sanción, o en paralelo, la JEC también puede dar traslado a la Fiscalía por si hubiera delito.