La Fiscalía del Tribunal Supremo presentó un informe en el que solicita el archivo de la querella presentada por el partido Vox contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por delitos de falsedad documental, prevaricación administrativa y tráfico de influencias en la elaboración de su tesis doctoral. El escrito, firmado por el teniente fiscal del Supremo, Luis Navajas, argumenta que Vox se limita a reproducir en su querella una información periodística publicada, pero sin concretar "ningún otro dato adicional" que sustente la imputación.

En este sentido, el fiscal recuerda que la jurisprudencia de la Sala de lo Penal del alto tribunal sobre este asunto es "profusa y reiterativa", la cual establece que "no se justifica la apertura de un procedimiento penal cuando el querellante se limita a afirmar la existencia de un delito sobre la base de una información periodística, sin aportar ningún otro dato adicional del que haya podido tener conocimiento y que permita su encaje en algún tipo penal".

Según Navajas, la conducta de "plagio" que la querella atribuye a Sánchez es "difícil de encuadrar" dentro de la actividad de simulación a que se refiere el artículo 390.2 del Código Penal, el cual establece que la simulación supondría la "creación de un documento configurándolo de tal forma que produzca una apariencia de veracidad por su estructura y su forma de confección".

"Vaga e imprecisa"

En el caso del presidente del Gobierno, el fiscal considera que los querellantes "no van más allá de la mera reproducción de una información periodística de por sí vaga e imprecisa, sin hacer ninguna labor de concreción de los simples datos que un periódico les proporciona".

En cuanto al delito de prevaricación, el escrito de Vox describe que "con el fin de promocionar ilícita y fraudulentamente la carrera profesional" de su mujer, Sánchez "ha utilizado el poder político e institucional para que ésta figurara como profesora del máster de una universidad pública sin tener la titulación universitaria requerida", moviendo para ello "su red de relaciones personales y profesionales conseguida a lo largo de su carrera política".

El fiscal considera de difícil encaje en el artículo 405 del Código Penal la conducta descrita al tiempo que recuerda a Vox que la Sala de lo Penal "ha puesto coto y cerrado el paso a las llamadas investigaciones prospectivas".

Por último, las imputaciones de cohecho y tráfico de influencias carecen, para Navajas, de "una descripción de hechos" atribuidos a Sánchez, de forma que pudiera confrontarse y valorarse a la vista de los preceptos del Código Penal, por lo que el fiscal no realiza ninguna consideración al respecto.