El Parlament catalán aplaza de nuevo el Pleno de investidura después de que el juez Pablo Llarena denegara al candidato Jordi Sànchez el permiso para salir de la cárcel de Soto del Real y acudir a la sesión. El presidente de la Cámara catalana, Roger Torrent, decidió posponer por segunda vez la convocatoria -la primera fue el 31 de enero ante la imposibilidad de investir a Puigdemont- a la espera de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, al que Sànchez recurrirá el lunes, se pronuncie sobre la libertad del aspirante.

Llarena rechaza que Sànchez acuda al Parlament por riesgo de reiteración delictiva, lo que considera agravado por la circunstancia de que el candidato a presidir el Govern está integrado en una candidatura "que se ha opuesto, expresa y permanentemente, a abordar cualquier gestión política que no sea la de implementar la república que declararon". En un auto de 26 páginas, el juez del Supremo deniega tanto la excarcelación del presidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC), en prisión preventiva en Soto del Real desde el 16 de octubre del año pasado, como la petición de salida para acudir expresamente a la sesión. Llarena expone los indicios reunidos contra Jordi Sànchez y el resto de los acusados de rebelión, sedición y malversación, y considera "intolerable, social y jurídicamente, que pueda alcanzarse la secesión desde vías de hecho, sin soporte constitucional y legal". "La investigación muestra que los partícipes en el delito se concertaron a perseverar en su táctica", apunta el auto del magistrado, para quien esa disposición persiste por la insistencia de la lista de la que forma parte Sànchez en colocar la república como su único horizonte político.

Como ya hiciera en ocasiones anteriores para denegar otras excarcelaciones, Llarena considera que el traslado del ahora diputado de JxCAT al Parlament puede dar lugar a disturbios públicos.

En respuesta a un posible precedente invocado por la defensa de Sànchez, el juez del Supremo distingue el caso de Sànchez del de Juan Carlos Yoldi, el etarra al que en 1987 la Audiencia de Navarra concedió permiso de salida para acudir al parlamento a defender su investidura como lehendakari. Son situaciones distintas, expone Llarena, para quien el permiso a Yoldi no comportaba que su posible elección supusiera el peligro de reiteración de su delito de terrorismo, algo que no ocurre con Sànchez.

La respuesta del juez se produce antes de agotar el plazo, que vencía el mismo lunes, dado a las acusaciones para que argumentaran sobre la excarcelación. Sólo la Fiscalía expuso sus razones para rechazar la salida de prisión del dirigente independentista.

El abogado de Sánchez acudirá el lunes Tribunal Europeo de Derechos Humanos para pedir su libertad. En contra de la decisión de Torrent, JxCAT pidió que se mantenga la convocatoria del Pleno con un orden del día distinto para denunciar la actitud "antidemocrática" del Estado.