El Consejo de Estado considera que la resolución secesionista aprobada el lunes por el Parlamento de Cataluña muestra una "voluntad de desobediencia o desacato" a la Constitución y supone una "declarada insumisión" a las instituciones del Estado.

En el dictamen en el que respalda al Gobierno en la presentación de un recurso al Tribunal Constitucional contra la resolución apoyada por Junts pel Sí y la CUP, el Consejo de Estado afirma que el texto contraviene los principios constitucionales de la soberanía nacional y de unidad de la nación española.

Cree además que la proyectada desobediencia a las decisiones del Tribunal Constitucional, anunciada ya en el texto, supone "un atentado a uno de los elementos básicos con que se configura el Estado social y democrático de derecho en España".

La resolución del Parlament, afirma el Consejo de Estado, "implica la vulneración evidente del núcleo esencial de la Constitución Española -la atribución de la titularidad del poder constituyente-" y "niega" el orden constitucional vigente en su conjunto, "proclamando expresamente una ruptura con la primacía incondicional de la Constitución".

A su juicio, cualquier decisión de las instituciones "sin excepción" debe estar sujeta a la Constitución sin que existan para el poder público "espacios libres" o "ámbitos de inmunidad frente a ella".

"Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico", recuerda el Consejo de Estado, que cree que la violación de este principio es tanto más grave cuando es adoptada por una institución parlamentaria y se dirige como instrucción al futuro gobierno de la Generalitat.

En el dictamen, de 21 páginas, el Consejo de Estado advierte de que el desacuerdo del Parlament de Cataluña con la sentencia del Tribunal Constitucional que anuló parte del Estatut "en modo alguno legitima la desobediencia de sus sentencias".

Junto a ello, el órgano consultivo no tiene dudas sobre el carácter jurídico de la resolución que el Gobierno pretende impugnar.

Argumenta que el texto de la resolución del Parlament establece un exhaustivo programa de actuaciones en el que se formulan medidas concretas que, en muchos casos, ya constituyen incumplimientos de leyes estatales o de sentencias del Tribunal Constitucional.

Impugnación contra la resolución "en su conjunto"

Por este motivo, el Consejo de Estado considera que la impugnación debe dirigirse contra la resolución "en su conjunto" -tal y como ha propuesto el Gobierno- y no contra puntos concretos, "puesto que todos ellos guardan una clara interdependencia y responden a unos mismos criterios".

El dictamen del máximo órgano consultivo del Gobierno se basa en el artículo 161.2 de la Constitución, que establece que el Gobierno podrá impugnar ante el TC las decisiones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas y que esta impugnación "producirá la suspensión" de la resolución recurrida.

Esa suspensión, continúa el artículo, deberá ser ratificada o levantada por el Tribunal Constitucional en un plazo no superior a cinco meses.

Apercibimiento a un total de 21 cargos

El dictamen plantea además que el órgano de garantías incluya tres puntos concretos en la providencia que previsiblemente dictará admitiendo a trámite el citado recurso. Entre ellos, que la providencia se notifique "bajo apercibimiento" a un total de 21 cargos electos y del gobierno de Cataluña.

En concreto, se propone pedir que el TC notifique a esas personas concretas -se las cita por nombre, apellido y cargo-, que dicha notificación se haga "bajo apercibimiento expreso de suspensión de sus funciones" -lo que de incumplirse daría lugar a acciones penales-, y que se añada la prohibición también expresa de que el Parlament emprenda iniciativas legislativas que pretendan dar cumplimiento a la resolución.

Así, el Consejo de Estado propone que la resolución que adopte el Pleno del tribunal de garantías sea notificado a la presidenta del Parlament, Carme Forcadell y al presidente de la Generalitat en funciones Artur Mas, o en su caso a la persona que resulte nombrada tras la investidura; pero también a los miembros de la Mesa del Parlament y los del Consejo de Gobierno de la Generalitat, a cada uno de los cuales se cita expresamente.