El Tribunal Supremo cree que la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) promovida por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, puede no ser constitucional y señala que condiciona la independencia judicial en su informe sobre la misma destinado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

"No debe dejar de indicarse la difícil compatibilidad de la jurisprudencia vinculante" con la doctrina del Tribunal Constitucional, que "ha reiterado que el juez penal está sujeto únicamente a la ley, excluyendo a otras fuentes del ordenamiento jurídico".

Así se expresa literalmente el Supremo sobre una de las propuestas de la reforma, la regulación sobre la jurisprudencia vinculante de este tribunal.

El informe del Tribunal Supremo señala, además, que el anteproyecto condiciona la independencia judicial y critica diversos puntos del mismo en su regulación de la carrera judicial, además de pedir que concrete sus previsiones sobre retribuciones para jueces y magistrados.

"A propósito de la independencia judicial se debe poner de relieve que el anteproyecto, pese al énfasis con el que la proclama, contiene afirmaciones o prevé medidas que pueden condicionarla", señala.

Acto seguido se refiere a la "jerarquización de los órganos judiciales" que también prevé la reforma de Ruiz-Gallardón y lamenta que someta a los jueces y los magistrados a la autoridad del Poder Judicial en una declaración "inoportuna" dentro de un apartado referido a la potestad jurisdiccional.

Además, alerta de la necesidad de que el anteproyecto clarifique si la comisión permanente del CGPJ, el órgano que domina esta institución, debe estar abierta a todos los vocales que cada cinco años integran el órgano de gobierno de los jueces.

Se opone también a la supresión de las categorías judiciales, porque aunque "tan juez es el de reciente ingreso como un magistrado del Tribunal Superior o del Supremo, no es menos cierto que éstos ocupan un lugar en la carrera judicial más significado y elevado que el primero por la propia naturaleza, significación y contenido de las funciones que desempeñan".

Entre tanto, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) acordó prisión provisional eludible bajo fianza de 200.000 euros para el exconsejero Rafael Blasco, condenado a ocho años de cárcel por el denominado "caso Cooperación". El tribunal da a Blasco 48 horas para depositar la fianza y durante ese tiempo se le prohíbe salir de España y se le retiene el pasaporte.

El exconseller de Solidaridad fue condenado el pasado 28 de mayo a 8 años de prisión y 20 de inhabilitación por malversación, tráfico de influencias, prevaricación y falsedad, por el desvío de fondos de la Generalitat concedidos en 2008 para cooperación al desarrollo en Nicaragua.