Entra en vigor la nueva ley de Tráfico, con mayores multas por alcohol y droga

Es obligatorio el casco para ciclistas menores en ciudad y los detectores de radar se sancionan con 200 euros y tres puntos

AGENCIAS

MADRID

La nueva ley de Tráfico que entra en vigor hoy, viernes, impone la obligatoriedad del casco en ciudad para ciclistas menores de 16 años, prohíbe los dispositivos de detección de radares y aumenta la multa hasta los 1.000 euros por conducir bajo los efectos del alcohol o de las drogas -que se detectará con un test de saliva- para los reincidentes en un año o quienes dupliquen la tasa permitida.

Para el resto de infracciones por consumo de alcohol se mantiene la multa de 500 euros y la retirada de entre 4 y 6 puntos del carné. Conducir bajo los efectos de drogas se mantiene como delito y supondrá la pérdida de 6 puntos. En caso de accidente o infracción, los peatones también estarán obligados a estas pruebas.

La norma incorpora otras novedades, como la capacidad de inmovilizar un vehículo si se circula con niños sin sistema de retención infantil, que será obligatorio para todos los menores que no superen 1,35 metros de altura. Se sustituye pues el peso y la edad por la talla. En cualquier caso, no podrán viajar en los asientos delanteros, salvo que todos los traseros estén ocupados por otros menores.

A la prohibición del uso de inhibidores de radar se añade ahora la de los detectores, cuya utilización estará castigada con multa de 200 euros y pérdida de tres puntos. La nueva ley permitirá cortar una carretera o tramo por causas medioambientales, por ejemplo de contaminación.

En los accidentes por atropello de especies cinegéticas, con carácter general, la responsabilidad será del conductor, mientras que se amplía a 20 días el período voluntario para pagar multas con un descuento del cincuenta por ciento o realizar alegaciones, aunque renunciando con ello a la presentación de recursos.

El texto abre la puerta a elevar en algunos tramos de autovías y autopistas el límite de velocidad hasta los 130 kilómetros por hora y reducir en 10 por hora la máxima en carreteras secundarias. El reglamento general de circulación dará forma a estos preceptos, así como a los que regulen la velocidad en zonas urbanas.

Los vehículos prioritarios usarán una señal luminosa azul, aunque se trata de otro aspecto que se desarrollará en el reglamento general de circulación. Esta normativa establecerá también que deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los vehículos con placa extranjera que son utilizados por residentes del país, ya que no figuran en el registro de vehículos actualmente.

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