El Consejo de Ministros aprobó ayer el nuevo marco jurídico de protección de los menores. Los condenados por delitos sexuales no podrán trabajar junto a niños y se reconoce a los menores expuestos a violencia de género como víctimas directas. Son algunas de las medidas de la reforma de la legislación de la protección a la infancia, que modifica trece leyes para agilizar los procesos de acogimiento y adopción, y reforzar la protección de los menores ante abusos sexuales y violencia machista.

La reforma da prioridad al acogimiento familiar y garantizará el derecho del adoptado a conocer a sus padres biológicos. Además, impone la orden judicial para el ingreso en reformatorios y regula los castigos.

Para acceder a profesiones que conlleven un contacto habitual con niños, en sectores como la educación, la sanidad o la protección social, se fija como requisito indispensable no haber sido condenado por delitos contra la libertad sexual o explotación de menores.

Las autoridades públicas, funcionarios y profesionales que conozcan cualquier delito contra un menor en el ejercicio de sus funciones estarán obligados a ponerlos en conocimiento del fiscal o incurrirán en delito.

La ministra de Sanidad, Ana Mato, destacó que hay 35.000 menores bajo tutela de las administraciones, de los que 21.000 están en acogimiento y 14.000 esperan en residencias por una familia. Por primera vez, se definen en una norma estatal las situaciones de riesgo y desamparo de los menores, que dará lugar a la tutela por parte de la entidad competente.

Acogimiento

Se priorizará el acogimiento familiar frente al residencial, especialmente para menores de 3 años y en los casos en que haya más hermanos se buscarán las opciones que permitan que estén juntos. "Se trata de buscar la mejor familia para cada niño", dijo Mato.

Los procedimientos de adopción se agilizan y flexibilizan, facilitando los trámites a las madres que dan a su hijo en adopción tras el parto, que deberán dar su consentimiento seis semanas después del nacimiento y no después de 30 días como se hacía hasta ahora, y no tendrán que renovarlo.

Otra de las novedades es la adopción abierta o que el menor mantenga el contacto con su familia biológica, que el juez acordará con el visto bueno de la familia de procedencia, la adoptiva y el menor. Los niños adoptados tendrán derecho a conocer datos como la identidad de sus progenitores. En la adopción internacional, el Estado será quien decida si autoriza las adopciones y acreditará a las entidades colaboradoras, previo informe de las autonomías.

La reforma pretende que los menores hijos de víctimas de violencia de género puedan seguir con sus madres y les reconoce como víctimas directas. (El 65% de estas víctimas tiene descendencia y 3.191 niños fueron víctimas de delitos sexuales en 2012). Los jueces deberán pronunciarse sobre medidas cautelares que afecten a los hijos de maltratadas. Si un menor es testigo o víctima en un proceso judicial no tendrá que repetir testimonio ante diferentes instancias.