La Ley Audiovisual aprobada hoy en el Gobierno permite a la ciudadanía exigir ante las autoridades competentes que actúen cuando los contenidos audiovisuales no se adecúen al ordenamiento constitucional vigente. En este sentido, la ley prohíbe la emisión en abierto de contenidos pornográficos o violencia gratuita. Dichos contenidos sólo podrán emitirse codificados con control parental y en horarios comprendidos entre las 22.00 horas y las 06.00 horas.

Otros contenidos que puedan considerarse lesivos para el desarrollo de los menores, sólo podrán emitirse, precedidos de señales acústicas y visuales, entre las 22.00 horas y las 06.00 horas. Del mismo modo, los programas dedicados a juegos de azar y apuestas, ya sea en abierto o en codificado, sólo podrán emitirse entre la 1.00 horas y las 5.00 horas.

Publicidad con lupa

Asimismo, con el mismo objetivo de proteger a los menores, el proyecto regula la publicidad. En este sentido, introduce que la comunicación comercial "no deberá producir perjuicio moral o físico a los menores" y prohíbe la publicidad dirigida a menores cuando pueda explotar "su admiración hacia terceros".

Además, los anunciantes no podrán vender sus productos dentro de series o programas infantiles, lo que se conoce como "emplazamiento de producto".