Las tres cuartas partes de los presos de ETA que cumplen condena siguen bajo los rigores del régimen cerrado, con menos horas de patio y ajenos a cualquier actividad o trabajo de los que organiza la prisión. De los 421 internos de la organización terrorista con sentencia firme, 322 están clasificados en primer grado y 94 están en segundo grado o régimen ordinario, al que acceden la inmensa mayoría de los que renuncian a la disciplina de la banda, según fuentes penitenciarias.

Los condenados por terrorismo de ETA que siguen los “txapeos” -encierros en la propia celda negándose a disfrutar de las horas de patio-, el rechazo a la comida, la exhibición de pancartas y las concentraciones en los lugares comunes, protestando por la dispersión, tienen muchas posibilidades de ser considerados conflictivos y clasificado en régimen cerrado. En la actualidad, un 76 por ciento.

Si un preso ignora a la dirección de ETA y abandona esas actitudes suele ser reclasificado en segundo grado. Sin embargo, en ese régimen ordinario también caben presos de la banda, sujetos a las órdenes impuestas en el “frente de makos”, pero a los que Prisiones no considera especialmente conflictivos.

Instituciones Penitenciarias revisa la clasificación de los presos cada tres meses. Los criterios para aplicar el régimen cerrado a los internos, terroristas o no, son variados. En el primer grado caben miembros de la banda por el hecho de tener delitos de sangre, pero también otros, que pueden estar condenados por colaboración o “kale borroka”.