El nuevo sistema sancionador que contempla la reforma de la Ley de Seguridad Vial, que tiene que pasar aún el trámite parlamentario, trae consigo importantes novedades. Una de esas variaciones tiene que ver con las multas por exceso de velocidad, ya que se suprime el margen de permisividad de 10 kilómetros que se contemplaba hasta ahora. Si circular en una autovía a 130 no llevaba sanción, con la nueva tabla esa infracción costará 100 euros.

Por lo demás, se establece una cuantía fija para las infracciones catalogadas como leves, graves y muy graves. Así, las infracciones que hasta ahora se multaban con hasta 90 euros, se sancionarán con 100 euros; las que eran castigadas con entre 91 y 300 euros, se multarán con 200; y las que se sancionaban con entre 301 y 600 euros, se castigarán con 500.

Caso especial es el de las multas por exceso de velocidad que, de acuerdo al nuevo sistema, serán más cuantiosas o menos, según el número de kilómetros por hora que el conductor sobrepase el límite de velocidad y el tipo de vía, ya que no es lo mismo un exceso de 20 kilómetros hora dentro de la ciudad que fuera de ella.

Así por ejemplo, en una vía de límite 120 kilómetros por hora, conducir a 191 kilómetros por hora supondrá una multa de 600 euros, seis puntos de carné, y un mes de suspensión, la misma sanción que conducir a 101 kilómetros por hora en una vía de 50 kilómetros por hora.

Según la DGT, en el nuevo sistema no se elevan las cuantías para la "mayoría de las infracciones", y se suprimen como graves --pasan a leves- infracciones sin relevancia para la seguridad vial, como no hacer el cambio de titularidad del vehículo en el plazo. Asimismo, estacionar o parar en el carril bus no implicará, como hasta ahora, la retirada de dos puntos.

Conducir utilizando un sistema anti-radar se sancionará con 6.000 euros, 12 veces más que la multa impuesta a las personas que conduzcan con una tasa de alcohol espirado de 0,60 miligramos por litro o una tasa de alcohol en sangre de 1,2 gramos por litro, según la reforma del procedimiento sancionador que aprobó el pasado 28 de noviembre el Consejo de Ministros.

Usar algún tipo de sistema para inhibir los radares o para rastrear las ondas que emiten este tipo de aparatos se convierte así en la multa más cara por la vía administrativa y supondrá además de la sanción económica la pérdida de 6 puntos y la suspensión del permiso de conducción por un período de tres meses.