José Ignacio de Juana Chaos quedó ayer en libertad bajo fianza de 5.000 libras esterlinas (unos 5.900 euros) por decisión del juez de Belfast que instruye el proceso de extradición contra el ex preso de ETA.

El magistrado tomó esta decisión a la espera de aclarar algunos aspectos de la orden de búsqueda y detención dictada por las autoridades judiciales españolas, sobre todo en referencia al delito de enaltecimiento del terrorismo del que se acusa a De Juana Chaos.

El juez impuso al ex miembro del "comando Madrid" de ETA otras condiciones: tendrá que residir en el domicilio cuya dirección facilitó ayer, no podrá salir entre las ocho de la tarde y las siete de la mañana y deberá presentarse diariamente en comisaría.

Además, tendrá que entregar su documento nacional de identidad y no le estará permitido abandonar la provincia de Irlanda del Norte.

El magistrado Thomas Burgess, que solicitó también una copia traducida del Código Penal español, fijó la siguiente vista para seguir con el proceso el 28 de noviembre.

Durante la vista de ayer, Burgess preguntó a la defensa de De Juana, que ejerce un despacho norirlandés de abogados, sobre las razones que llevaron a su cliente a cambiar varias veces de domicilio desde que llegó a Irlanda del Norte.

La Fiscalía, que representa al Gobierno español en este tribunal, aludió a estos cambios de domicilio como la evidencia de que De Juana quiere burlar la acción de la Justicia y los empleó como argumento para rechazar la concesión de la libertad provisional.

El ministerio público recordó también que no se presentó a la citación que tenía en la Audiencia Nacional española el pasado día 11.

Por contra, el abogado defensor, Shawn Devine, aseguró que su cliente ha colaborado en todo momento con la Justicia norirlandesa, como demuestra el hecho de que se haya presentado de manera voluntaria ante este tribunal de Belfast, en respuesta a la orden de búsqueda y captura emitida por la Audiencia Nacional.

Durante la mañana, los argumentos de las partes giraron en torno al paralelismo que existe entre el delito de enaltecimiento del terrorismo, incluido en el Código Penal español, y el de glorificación del terrorismo, contemplado en las leyes británicas.

La defensa de De Juana destacó que la argumentación de la Justicia española está "llena de errores" y se refirió a su cliente como "una buena persona" que intenta rehacer su vida en Irlanda del Norte.