Los grupos parlamentarios han acordado por unanimidad aumentar el límite de soldados y marineros profesionales que podrán tener las Fuerzas Armadas el próximo año hasta los 86.000 efectivos, así como elevar la edad máxima de ingreso en esta escala de los 27 a los 29 años.

Esta modificación de la plantilla profesional y de las condiciones de acceso a la escala de Tropa y Marinería fue acordada a última hora de la tarde del martes por los grupos presentes en la Comisión de Presupuestos del Congreso mediante una enmienda transaccional que modifica varias disposiciones adicionales del proyecto de Ley de los Presupuestos Generales del Estado.

La enmienda autoriza al Ministerio de Defensa a incrementar el límite de soldados y marineros, desde los 81.000 militares inicialmente previstos en las cuentas del Estado hasta los 86.000 efectivos, y habilita una partida económica de quince millones de euros para afrontar este incremento de militares.

El texto incluye una modificación de la Ley de la Carrera Militar para elevar la edad máxima de ingreso como soldado o marinero profesional en las Fuerzas Armadas desde los 27 años marcados en la citada norma hasta los 29 años de edad. El aumento de la edad de ingreso conlleva un segundo cambio de la Ley de Tropa para permitir que las personas que se conviertan en militares profesionales con más de 27 años de edad puedan continuar en servicio hasta alcanzar los 18 años de antigüedad, para poder retirarse beneficiándose de la situación de reserva de especial disponibilidad, que establece una paga de 600 euros para los que abandonen las Fuerzas Armadas con 18 años de servicio y 45 años de edad.

La enmienda transaccional modifica también la Ley de la Carrera Militar para impedir que los oficiales de la Escala Superior del Ejército del Aire y de la Armada puedan ser superados en el escalafón en el proceso de integración de escalas por los de sus respectivas Escalas de Oficiales con menor antigüedad.

El texto pactado por los grupos señala que la integración en la nueva escala única de los capitanes del Ejército del Aire y los tenientes de Navío de la Armada procedentes de la Escala Superior se realizará anualmente por "conjuntos" de oficiales, de mayor a menor antigüedad. La ordenación se realizará cada año de manera proporcional con los oficiales procedentes de la antigua escala básica de oficiales que hayan ascendido en esos doce meses al nuevo empleo.

La enmienda establece además que los militares de la Escala de Oficiales que superen el curso de adaptación obligatorio para incorporarse a la nueva escala única de oficiales obtendrán al terminar el citado periodo de formación "el reconocimiento académico al título de grado universitario".

Por último, el texto incluye una disposición transitoria para evitar que los suboficiales que permanecen en activo y solicitarán el ascenso a teniente cuando se retiren puedan ser adelantados en el escalafón por sus compañeros que con anterioridad pasaron a la reserva y se acogieron a ese mismo ascenso en virtud de la Ley de Régimen Personal.